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Corte Suprema

NUÑEZ, SEBASTIAN ANIBAL s/tenencia ilegitima de arma de fuego etc. -causa n° 21069531226-

El Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe interpuso recurso extraordinario contra la decisión que declaró inadmisible su recurso de inconstitucionalidad en un caso de suspensión del juicio a prueba concedida a pesar de la oposición fiscal. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 001605/2021/RH001
Suspension del juicio a prueba Oposicion fiscal Recurso extraordinario Arbitrariedad Recurso de inconstitucionalidad Debido proceso Ministerio publico de la acusacion Control de razonabilidad Politica criminal Tenencia de arma de fuego

¿Quién es el actor?

Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Santa Fe (Fiscales Lucas Altare, Nora Marull y Matías Ocariz).

¿A quién se demanda?

Sebastián Aníbal Núñez, imputado por tenencia ilegítima de arma de fuego.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la concesión de la suspensión del juicio a prueba al imputado pese a la oposición fundada de la fiscalía.

¿Qué se resolvió?

La mayoría de la Corte (Rosatti y Maqueda) hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto el pronunciamiento apelado, remitiendo la causa al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo. El Ministro Lorenzetti, en disidencia, desestimó la presentación directa por considerar inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN), aclarando que ello no implica confirmar la justicia de la decisión recurrida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la decisión apelada frustra el alcance de la vía utilizada por el justiciable sin fundamentación idónea o suficiente..." (Considerando 3°, mayoría).

"...el a quo resolvió declarar inadmisible el recurso de inconstitucionalidad local soslayando el agravio cimentado en la doctrina de la arbitrariedad de sentencias..." (Considerando 4°, mayoría).

Se aclara que la solución "no implica abrir juicio sobre la solución que en definitiva deba adoptarse sobre el fondo del asunto" (Considerando 4°, mayoría).

¿Cómo votaron los jueces?

"...la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida..." (citando causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

Dictamen de la Procuración General (no vinculante, al que la mayoría no adhiere expresamente): sostuvo que el control judicial sobre la oposición fiscal a la suspensión del juicio a prueba se limita a la razonabilidad y fundamentación, y que el tribunal provincial omitió considerar agravios determinantes.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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