Incidente Nº 53 - IMPUTADO: GERALA, ATTA MIGUEL s/Audiencia de sustanciación de impugnación (Art. 362)
La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, hizo lugar a la impugnación fiscal y casó la absolución de Atta Miguel Gerala, a quien declaró penalmente responsable como partícipe necesario de contrabando de mercadería agravado en concurso real con robo agravado, ordenando la audiencia de determinación de pena. Rechazó, en cambio, la impugnación de la defensa de Mauro Daniel Alejandro Rodríguez, confirmando su condena por cohecho pasivo.
Actor/Impugnante: Ministerio Público Fiscal (contra la absolución de Atta Miguel Gerala) y defensa particular de Mauro Daniel Alejandro Rodríguez (contra su condena).
Demandado/Imputados: Atta Miguel Gerala (ex intendente de Rivadavia Banda Norte) y Mauro Daniel Alejandro Rodríguez (oficial de la Policía de Salta a cargo del Puesto de Pluma de Pato).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Sustracción sistemática de rieles del ramal C-25 del Ferrocarril Belgrano y su contrabando a Bolivia; la responsabilidad de Gerala (padre de José Miguel "Yopi" Gerala, ya condenado por juicio abreviado) y el cohecho pasivo de Rodríguez.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría (Carbajo y Petrone), se casó la absolución de Gerala y se lo declaró responsable como partícipe necesario de contrabando de mercadería agravado en concurso real con robo agravado, remitiendo la causa para la audiencia de determinación de pena. Se rechazó la impugnación de la defensa de Rodríguez y se confirmó su condena por cohecho pasivo. Slokar votó en disidencia en cuanto a la impugnación fiscal, propiciando su rechazo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Del voto del juez Carbajo: "En mi opinión, se ha afectuado en el fallo una valoración parcial y descontextualizada de lo ocurrido y demostrado con amplitud a partir de los elementos de convicción aportados al debate por la acusación, por lo que la exculpación de Atta Miguel Gerala carece de fundamento válido, constituyendo el pronunciamiento un acto jurisdiccionalmente inválido con base en la doctrina de la arbitrariedad de sentencias."
"En ese orden de ideas, tener en cuenta el contexto en el que se desarrollaron los hechos hacía la diferencia en el examen final de la situación..."
"...en delitos complejos como el aquí investigado —en particular, en hechos vinculados con corrupción o criminalidad organizada— no resulta indispensable acreditar la presencia física del imputado en el lugar de ejecución de los sucesos y, mucho menos, la existencia de comunicaciones directas con todos los intervinientes en el accionar ilícito."
"Su aporte, para nada inocuo, consistió en proveer recursos y medios indispensables para la extracción y traslado y en brindar, como vimos, cobertura y respaldo para facilitar la actuación del resto de los intervinientes en el delito."
Del voto del juez Slokar (en disidencia parcial): "...los elementos probatorios no fueron considerados en la sentencia de forma aislada ni fragmentaria, sino que el tribunal de juicio efectuó un análisis circunstanciado de las pruebas incorporadas al debate..." y "...en el juicio, el Ministerio Público Fiscal no logró construir una base probatoria sólida que permita sostener los fundamentos de la acusación, pues todos los indicios resultan anfibológicos..."
Sobre Rodríguez, la mayoría sostuvo que "la conversación resultó especialmente relevante" y que la valoración conjunta de la prueba digital, el Libro de Guardia y los testimonios "no se apartó de las reglas de la lógica ni del recto criterio humano y, por lo tanto, no resultó irracional, manifiestamente errónea ni arbitraria."
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Normas que cita
- Ley 22.415arts. 863, 864, 865 · Codigo aduanero
- CParts. 45, 55, 166, 256 · Codigo penal
- CPPFarts. 20, 111, 303, 304, 305, 355, 356, 358, 359, 360, 362, 363, 365, 386 · Codigo procesal penal federal
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Constitución Nacionalarts. 18, 75 inc. 22
- CADH (Internacional)art. 8.2.h
- PIDCyP (Internacional)arts. 14.2, 14.5
Fallos que cita
- CasalCSJN · Fallos 328:3399
- Fallos 329:5994CSJN
- Fallos 311:621CSJN
- Fallos 331:2336CSJN
- Fallos 308:640CSJN
- Fallos 319:1878CSJN
- Fallos 311:2402CSJN
- Fallos 342:2319CSJN
- Fallos 339:1493CSJN
- Fallos 343:2280CSJN
- Fallos 312:2507CSJN
- Fallos 313:559CSJN
- Fallos 314:83CSJN
- Fallos 315:495CSJN
- Fallos 278:188CSJN
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