La videoconferencia se consolidó como una herramienta habitual en la práctica forense, sobre todo desde que muchas audiencias dejaron de requerir presencia física. Antes de convocar o participar en una audiencia remota conviene verificar qué establece la normativa procesal aplicable en cada jurisdicción y fuero, ya que las reglas sobre modalidad, plataforma y registro de la audiencia no son uniformes en todo el país.
Requisitos técnicos mínimos
Desde el punto de vista técnico, lo esencial es garantizar una comunicación estable y audible para todas las partes. Esto implica contar con una conexión a internet adecuada, equipos con cámara y micrófono en buen estado, y un ambiente con iluminación y sonido suficientes. Es recomendable realizar una prueba previa con el sistema que se vaya a utilizar, verificar que el enlace de acceso funcione y tener un plan alternativo (por ejemplo, un número de teléfono de contacto) para el caso de que la conexión principal falle durante la audiencia.
Otro punto a considerar es la identificación de los participantes. Conviene que cada persona se presente con su nombre completo y, cuando corresponda, con su rol procesal, y que el tribunal pueda verificar la identidad de quienes intervienen, especialmente de testigos, peritos y partes. La identificación facilita el registro y reduce discusiones posteriores sobre quién participó efectivamente.
Aspectos formales y registro
Desde lo formal, la clave es que la audiencia quede debidamente documentada. Según el procedimiento, puede exigirse que el acto se registre en audio o video, que se levante acta o que se deje constancia de la asistencia y de las manifestaciones realizadas. Antes de la audiencia conviene consultar si el tribunal tiene un protocolo propio o acordado, porque ello define en la práctica cómo se acredita lo ocurrido en el acto.
También es importante considerar la publicidad y el acceso. En algunos casos la audiencia debe ser pública y en otros tiene restricciones, por lo que la modalidad remota no altera las reglas de fondo sobre quién puede asistir. Si se admite la presencia de terceros, corresponde comunicar el enlace de manera controlada y evitar la difusión indebida de datos de terceros o de información sensible.
Finalmente, conviene prever la gestión de documentación. Cuando durante la audiencia se exhiben documentos, es buena práctica haberlos remitido con anticipación o compartirlos mediante un canal que deje constancia, de modo que todas las partes accedan a la misma versión. Esto reduce errores y facilita que el acta refleje con precisión lo presentado.
En síntesis, una audiencia por videoconferencia exige preparación técnica, identificación clara de los intervinientes y un registro adecuado de lo actuado. Como las exigencias varían según la jurisdicción y el tipo de proceso, la recomendación general es revisar la normativa y los protocolos del tribunal interviniente antes de cada audiencia.