JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

LIMARDO FABIANA ALEJANDRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo previsional por reajustes y liquidación del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmó en lo demás, diferenció el tratamiento de la PBU y la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución y condenó en costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 001984/2025/CA001
Reajustes previsionales Haber inicial Pbu Inconstitucionalidad Ley 24.241 Topes Confiscatoriedad 15% Costas Honorarios Obra social

¿Quién es el actor?

LIMARDO FABIANA ALEJANDRA.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios y recálculo del haber previsional (cuestiones vinculadas con actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, Prestación Básica Universal - PBU, presunta inconstitucionalidad de diversos artículos de la Ley 24.241 y otras disposiciones, impuesto a las ganancias, descuentos para obra social, y regulación de honorarios).

¿Qué se resolvió?

Se revocó parcialmente la sentencia apelada y se confirmó en lo demás; se diferenció el tratamiento de la PBU y de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia; se impusieron las costas de ambas instancias a la demandada vencida; se regularon honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de lo fijado en la instancia anterior más IVA, y se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“En cuanto a la utilización del índice I.P.C. para la actualización de las remuneraciones históricas, más allá de la eventual discusión acerca de las diferencias porcentuales que su aplicación pudiera arrojar, lo cierto es que el mismo constituye un mero índice de precios, por ello, no refleja adecuada y cabalmente el comportamiento de los salarios.”

“Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión.”

“En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% –límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente– y se confirma lo resuelto en la instancia de grado.”

“En virtud de lo expuesto, propongo: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Confirmar el pronunciamiento apelado en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 3) Diferir el tratamiento de la PBU y de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia; 4) Disponer las costas de ambas instancias a la demandada vencida conforme la doctrina sentada por la CSJN en autos ‘Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo’, Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023; 5) Regular los honorarios ...; 6) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos.”

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra disidencia; los Dres. Carnota y Fantini adhieren al voto de la Dra. Dorado y el acuerdo final corresponde a lo transcripto en la parte resolutiva.

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 26, 9, 25 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 27.426Reforma previsional
  • Ley 24.463arts. 9 inc. 3), 22 · Solidaridad previsional
  • Ley 27.541Emergencia publica
  • Ley 26.417Prestaciones previsionales
  • Ley 18.037art. 79 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.423art. 30 (pr. párr.) · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

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