ASOCIACION ISRAELITA DE BENEF Y SOCORROS MUTU OS EZRAH c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/IMPUGNACION DE DEUDA
La Asociación Israelita de Beneficiencia y Socorros Mutuos Ezrah impugnó una deuda previsional ante la DGI, y la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró inadmisible su apelación por no integrar el depósito previsto por la ley. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario, revocó la sentencia y exceptuó a la entidad del depósito, por afectar su derecho de defensa en juicio.
¿Quién es el actor?
Asociación Israelita de Beneficiencia y Socorros Mutuos Ezrah.
¿A quién se demanda?
Dirección General Impositiva (DGI).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
impugnación de la deuda previsional determinada por la resolución n° 114/95 de la DGI, que desestimó la impugnación de la entidad.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso ordinario de apelación, revocó la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había declarado inadmisible la apelación, y dispuso hacer excepción a la exigencia del depósito. Las costas se impusieron por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que para la procedencia del recurso de apelación en tercera instancia en causa en que la Nación revista directa o indirectamente el carácter de parte, resulta necesario demostrar que el 'valor disputado en último término' (...) excede el mínimo legal a la fecha de su interposición (Fallos: 246:303; 297:393; 310:2914; 315:2205)." Y, aunque la actora no practicó el cálculo del monto mínimo, "cabe obviar en la especie esta exigencia, pues la suma en cuestión emana con absoluta claridad de los elementos objetivos que obran en la causa (Fallos: 315:2369)."
"Que si bien se ha admitido reiteradamente que la exigencia de depósitos previstos como requisito de viabilidad de los recursos de apelación no es contraria a los derechos de igualdad y defensa en juicio (...), también lo es que -con no menor reiteración- esta Corte ha aceptado la posibilidad de atenuar el rigorismo del principio solve et repete en eventuales supuestos de excepción que involucren situaciones patrimoniales concretas de los obligados, a fin de evitar que el pago previo se traduzca en un real menoscabo de garantías que cuentan con la protección constitucional (Fallos: 285:302)."
"Que (...) habida cuenta del significativo monto del depósito -$ 1.480.724,84- y que la apelante es una entidad asistencial, no cabe condicionar en la especie la procedencia del recurso al aludido requisito, pues ello importaría afectar el derecho de defensa en juicio, con menoscabo de lo dispuesto por el art. 18 de la Constitución Nacional (Fallos: 306:1069)."
"Que (...) al declarar inadmisible el recurso, la cámara impidió la producción de las probanzas enderezadas a establecer la veracidad de los hechos sometidos a su conocimiento, lo cual resultaba imprescindible para una justa solución del caso." Por ello, los vicios señalados "resultan suficientes para descalificar el fallo apelado por resultar violatorio de la garantía constitucional de defensa en juicio".
¿Cómo votaron los jueces?
remite a su voto en la causa T.608.XXXII y reitera que, pese a la exigencia del depósito como requisito de viabilidad, la Corte admite atenuar el rigorismo del principio solve et repete cuando el pago previo implique un real menoscabo de garantías constitucionales.
Ver el fallo completo
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 18
- Ley 14.463art. 19
- Ley 18.820art. 15 · Direccion nacional de prevision social
- Ley 21.864art. 12 · Aportes y deudas previsionales
- Ley 24.463art. 26 · Solidaridad previsional
- Decreto 1285/58art. 24 inc. 6
- Ley 23.473art. 11 · Seguridad social
Fallos que cita
- Transportes Servemar S.A. c/ Dirección General ImpositivaCSJN · 16/04/1998
- Pérez, María Santos c/ I.N.P.S. - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ pensionesCSJN · 01/04/1997
- Fallos 246:303CSJN
- Fallos 297:393CSJN
- Fallos 310:2914CSJN
- Fallos 315:2205CSJN
- Fallos 315:2369CSJN
- Fallos 318:821CSJN
- Fallos 319:359CSJN
- Farmacia Scattoni S.C.S. c/ Dirección General ImpositivaCSJN · 10/12/1997
- Clínica Privada del Oeste S.R.L. c/ Dirección General ImpositivaCSJN · 16/04/1998
- CADESU Cooperativa de Trabajo Limitada c/ Dirección General ImpositivaCSJN · 11/06/1998
- Fallos 155:96CSJN
- Fallos 261:101CSJN
- Fallos 278:188CSJN
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