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Corte Suprema

MALLO MARTIN s/FALSO TESTIMONIO -CAUSA N° 1644-

Mallo, condenado por falso testimonio, recurrió en queja contra la decisión de la Cámara Nacional de Casación Penal que había desestimado su recurso por tratarse de una resolución no definitiva. La Procuración General dictaminó que la casación fue mal rechazada y que corresponde revocar ese fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 2480. XL. RHE
Falso testimonio Juicio abreviado Recurso de queja Recurso extraordinario federal Casacion penal Arbitrariedad Defensa en juicio Regulacion de honorarios Resolucion no definitiva Debido proceso

¿Quién es el actor?

Mallo, Martín (condenado en juicio abreviado).

¿A quién se demanda?

no hay demandado en sentido estricto; el recurso se dirige contra la resolución de la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal y contra el rechazo del recurso de casación por el Tribunal Oral en lo Criminal N.º 19.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

la condena por falso testimonio (art. 275 del Código Penal), la publicación de la condena al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y la regulación de honorarios del letrado de la querella (siete mil pesos, a cargo del condenado).

¿Qué se resolvió?

el dictamen de la Procuración General propone hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y revocar el fallo apelado para que se dicte uno nuevo conforme a derecho. Se trata de un dictamen, no de una sentencia de la Corte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es doctrina de la Corte que las decisiones que declaran la improcedencia de los recursos interpuestos ante los tribunales de la causa no justifican, dada su naturaleza procesal, el otorgamiento de la apelación extraordinaria (Fallos: 302:1134, 306:94, 307:474, 308:1253, 311:357 y 519, 313:77 y 319:399, entre otros). No obstante ello, V.E. ha hecho excepción a ese principio, en salvaguarda de las garantías del debido proceso y de la defensa en juicio, cuando la decisión frustra la vía utilizada por el recurrente sin fundamentación idónea o suficiente."

"Del estudio de los antecedentes remitidos se advierte que las críticas contenidas en el planteo casatorio se dirigen directamente a la sentencia de mérito y no, como sostuvo la Sala IV, al rechazo del recurso de reposición y de apelación en subsidio que, según consta a fs. 404 y 407/413 del principal, fue incluso notificado a la defensa con posterioridad a la presentación del recurso de casación."

"El planteo vinculado a la regulación de honorarios (punto V de la sentencia) guarda sustancial analogía con lo resuelto por V.E. el 27 de mayo de 2004 en la causa P.187, XXXVII, 'Pomponi, Jorge Francisco y otros s/ robo en poblado y en banda con efracción'..."

Normas que cita

  • CPart. 275 · Codigo penal

Fallos que cita

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