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Corte Suprema

METROVIAS S.A. c/ s/QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN ASOCIACION VECINAL MANUEL BELGRANO Y OTRA C/ GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTRO S/AMPARO

La Procuración General dictaminó que correspondía hacer lugar a la queja interpuesta por Metrovías S.A., ya que la Cámara local omitió tratar la denegación del fuero federal invocado, lo que equipara la sentencia a definitiva. Propuso dejar sin efecto la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad y devolver las actuaciones para un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 986. XXXVII. RHE
Recurso de hecho Queja por recurso de inconstitucionalidad denegado Sentencia definitiva Equiparable a definitiva Fuero federal Competencia Jueces naturales Debido proceso Arbitrariedad Concesion de servicios publicos.

¿Quién es el actor?

Asociación Vecinal Manuel Belgrano y otra.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo promovido por una asociación vecinal vinculado a la prestación de servicios concesionados a Metrovías S.A.

¿Qué se resolvió?

el dictamen opina que debe hacerse lugar a la queja, dejar sin efecto la sentencia de fs. 207/212 en cuanto fue materia de recurso extraordinario y devolver las actuaciones al tribunal de procedencia para que dicte una nueva decisión conforme a derecho.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Afirma la recurrente, en sustancia, que lo decidido es arbitrario y vulnera la garantía del art. 18 de la Constitución Nacional al sustraer el caso sub examine de sus jueces naturales, toda vez que, en su opinión, tanto el contrato que suscribió con el Estado Nacional como la adenda aprobada por la legislatura local, mediante la ley 373, establecen que todas las cuestiones relacionadas con la prestación de los servicios concesionados se encuentran sometidas a la jurisdicción nacional y a la competencia de los tribunales nacionales en lo Contencioso Administrativo de la Capital Federal, con exclusión de todo otro fuero o jurisdicción."

"En mi concepto, la decisión que desestimó el recurso de inconstitucionalidad 'fundada en que no media una sentencia definitiva o equiparable a tal' omitió hacerse cargo de una cuestión esencial planteada claramente por la apelante, cual es que se ha denegado el fuero federal expresamente invocado por aquélla desde su primera presentación, circunstancia que, según reiterada doctrina de V.E., equipara a definitiva la sentencia de la cámara local."

"Todo ello, a mi juicio, pone de manifiesto que la doctrina en que se funda la resolución impugnada no se ajusta a dicha jurisprudencia... Al ser ello así, estimo que la sentencia del tribunal a quo debe ser descalificada como acto jurisdiccional válido."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 18
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Ley 373 (Caba)

Fallos que cita

  • StradaCSJN · Fallos 308:490
  • Di MascioCSJN · Fallos 311:2478
  • Fallos 310:1425CSJN
  • Fallos 314:848CSJN
  • Fallos 315:66CSJN
  • Fallos 316:2410CSJN
  • Fallos 312:483CSJN
  • Fallos 315:761CSJN
  • Fallos 324:2177CSJN
  • Fallos 311:148CSJN
  • Fallos 312:426CSJN
  • Fallos 313:215CSJN

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