BONINO ENRIQUE ANIBAL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Recurso de impugnación contra la liquidación de haberes previsionales y la metodología de movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de grado y hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró aplicables límites de inconstitucionalidad al art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en caso de quita mayor al 15%, declaró inaplicable la escala del art. 9 inc. 2) y difirió el examen de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y de los “bonos” para la etapa de ejecución.
¿Quién es el actor?
BONINO ENRIQUE ANIBAL (título indica actor en autos).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
impugnación de actos administrativos relativos a reajustes y movilidad previsional; se impugnan normas y topes aplicados (Ley 24.463, art. 9 incs. 2) y 3), cuestionamientos a la ley 27.609 y pedido de aplicación distinta de movilidad y consideración de “bonos/refuerzos extraordinarios”; además planteos sobre impuesto a las ganancias).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de grado y, por mayoría, hizo lugar parcialmente a la demanda en el plazo del art. 22 Ley 24.463; difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y de la incorporación de bonos/refuerzos extraordinarios; declaró que el art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 es inconstitucional en el supuesto de que en la liquidación se acredite que la aplicación de topes provoque una quita superior al 15%; declaró inaplicable la escala de deducciones del art. 9 inc. 2) de la Ley 24.463 respecto del actor; remitió la cuestión del impuesto a las ganancias a lo resuelto por la CSJN en “García Marta Susana”; impuso costas a la demandada vencida y reguló honorarios de alzada en 30% de lo fijado en primera instancia. Se devolvieron las actuaciones al juez de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Constitución Nacional garantiza la movilidad de los haberes previsionales en su artículo 14 bis."
"En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución."
"En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN 'Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios', sentencia del 6 de agosto de 2015) en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% –límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente– y se revoca lo resuelto en la instancia de grado."
"Surge con claridad de la norma la exigencia de dos requisitos a los fines de implementar la escala cuestionada... En consecuencia, habida cuenta que el art. 9 inc. 2) de la Ley 24.463 dispone que la escala de deducción resulta aplicable a prestaciones otorgadas en virtud de leyes anteriores a la Ley 24.241 y que la parte actora adquirió su beneficio el 01/10/2021... el haber previsional del actor queda eximido de esta quita legal."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Juan A. Fantini disintió parcialmente; sin embargo, el acuerdo mayoritario adoptó la resolución que figura en la parte resolutiva. (Se consignó disidencia parcial en algunos puntos procesales y sobre regulación de costas dependiendo del resultado de la liquidación, pero la solución mayoritaria es la que consta en la parte resolutiva.)
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 32, 168 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.463arts. 9 inc.2), 9 inc.3) · Solidaridad previsional
- Ley 18.037art. 79; art. 82 ap.3º · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.423art. 30; arts.22 y 23 (mención) · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 27.426art. 2 (mencionado) · Reforma previsional
- Ley 27.541Emergencia publica
- DNU 274/2024
- Decreto 73/2019
- Decreto 481/2021
- Decreto 855/2021
- Decreto 215/2022
- Decreto 532/2022
- Decreto 788/2022
Fallos que cita
- "Actis Caporale, Loredano"CSJN · Fallos 323:4216
- "Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios"CSJN · 06/08/2015
- "Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo"CSJN · 22/06/2023 · Fallos 346:634
- "García Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes varios"CSJN · 10/09/2020
- "García María Isabel c/ ANSeS s/ Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad"CSJN · 26/03/2019 · Fallos 342:411
- "García Blanco Esteban c/ ANSeS s/ Reajustes Varios"CSJN · 06/05/2021 · Fallos 344:983
- "Spitale"CSJN · Fallos 327:3721
- "Cahais"CSJN · Fallos 340:483
- "Moño Azul S.A. s/ ley 11.683"CSJN · 15/04/1993 · Fallos 316:687
- "WALD, Alicia Graciela c/ ANSeS s/ REAJUSTES VARIOS"Cámara Federal de la Seguridad Social (Sala II)
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