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WALD ALICIA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la decisión de primera instancia respecto a la constitucionalidad de la Ley 27.609 y la actualización de las prestaciones previsionales, manteniendo la imposición de costas y regulando honorarios. La sentencia ratifica el rechazo del agravio sobre la inconstitucionalidad y la validez del esquema de movilidad vigente.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Wald Alicia Graciela, interpuso demanda contra ANSES solicitando la revisión de los ajustes en sus haberes previsionales.
- La demandada apeló la sentencia que diferió el planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.609, así como la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU).
- La Cámara analizó la constitucionalidad de la ley, señalando que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional garantiza la movilidad de las jubilaciones, dejando en manos del legislador la determinación del método, siempre que sea razonable y no comprometa un nivel de subsistencia digno.
- La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido que la reglamentación debe ser razonable y respetar el derecho a una subsistencia decorosa, además de que la ley y las modificaciones normativas reflejan la intención del Poder Ejecutivo de ajustar la movilidad previsional a la realidad inflacionaria.
- En virtud del cambio normativo introducido por el DNU 274/2024, que sustituye el esquema de movilidad por una fórmula que ajusta los haberes según la variación del IPC, la Cámara concluye que resulta prudente diferir el análisis de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución, dado que la nueva normativa busca garantizar incrementos acordes con la inflación.
- La decisión se sostiene en que una resolución aislada en esta instancia podría generar decisiones fragmentadas y afectar la seguridad jurídica, por lo que es preferible esperar la implementación del nuevo sistema de movilidad.
- La sentencia además confirma la imposición de costas a la parte demandada y regula los honorarios en un 30% de lo devengado en la instancia anterior, con más IVA. Fundamentos principales: “Respecto a la constitucionalidad de la Ley 27.609 y la actualización de los haberes previsionales, la Corte ha señalado reiteradamente que el art. 14 bis de la Constitución Nacional garantiza la movilidad de las jubilaciones dejando a la prudencia legislativa la determinación del método, siempre que sea razonable y no atente contra la subsistencia digna. La modificación introducida por el DNU 274/2024, que ajusta los haberes según el IPC, refleja la voluntad del Poder Ejecutivo de corregir las insuficiencias del esquema anterior, garantizando incrementos acordes a la inflación.” “Diferir el análisis de la inconstitucionalidad para la etapa de ejecución permite garantizar la coherencia normativa y la seguridad jurídica, además de evitar decisiones fragmentadas que puedan afectar la estabilidad

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