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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - Incidente Nº 2 - ACTOR: CIGARRILLOS & TABACO S.A. DEMANDADO: AFIP DGI - ESTADO NACIONAL s/INC APELACION

La Corte Suprema hizo lugar a la queja por recurso extraordinario federal interpuesto por la AFIP contra la medida cautelar que suspendía la exigencia de la versión 3 del aplicativo de impuestos internos a los cigarrillos. La Corte revocó la sentencia apelada, con remisión al dictamen de la Procuradora Fiscal, que proponía declararla abstracta por la sanción de la ley 27.742 y la RG 5.524.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FSA 003513/2020/2/1/RH001
Inconstitucionalidad Medida cautelar Cigarrillos Cuestion abstracta Impuestos internos Impuesto minimo Objeto actual Ley 27.742 Doctrina peso Rg 5.524

¿Quién es el actor?

Cigarrillos & Tabaco S.A.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-DGI) y Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad del art. 15, párrafo 2°, de la ley 24.674 (texto según ley 27.430), que establecía un impuesto mínimo a los cigarrillos, y la suspensión de la exigencia de presentar las declaraciones juradas mediante la versión 3 del aplicativo aprobado por la RG (AFIP) 5.113/21.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar a la queja, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara Federal de Salta que había admitido parcialmente la cautelar por tres meses. La decisión se funda en el dictamen de la Procuradora Fiscal, a cuyos fundamentos se remite "por razones de brevedad".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...si lo demandado carece de objeto actual, su decisión es inoficiosa (Fallos: 253:346), puesto que la desaparición de los requisitos jurisdiccionales que habilitan su actuación importa la de poder juzgar, circunstancia comprobable aun de oficio..."

"...el pasado 8 de julio se publicó en el Boletín Oficial la ley 27.742 que mediante su art. 230 dispuso sustituir el art. 15 de la ley de impuestos internos..."; el nuevo texto establece que "los cigarrillos, tanto de producción nacional como importados, tributarán sobre el precio de venta al consumidor, inclusive impuestos, excepto el impuesto al valor agregado, un gravamen del setenta y tres por ciento (73%)."

"...se ha aprobado un nuevo aplicativo que permite determinar el tributo de conformidad con el texto actual de dicha norma, aspecto sobre el cual versó la medida cautelar otorgada y el recurso extraordinario bajo examen."

"Sin perjuicio de ello considero que, por aplicación de la doctrina establecida por el Tribunal en el precedente 'Peso' (Fallos: 307:2061), corresponde revocar la sentencia recurrida a fin de evitar que la subsistencia del pronunciamiento apelado pueda causar un gravamen no justificado."

Normas que cita

  • Ley 24.674art. 15 · Impuestos internos
  • Ley 27.742art. 230 · Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos
  • Ley 27.430art. 15 · Impuestos
  • Resolución 5.113/21 (Administración Federal de Ingresos Públicos)
  • Resolución 5.524 (Administración Federal de Ingresos Públicos)
  • Resolución 2.445 (Administración Federal de Ingresos Públicos)arts. 1, 7, 8
  • Ley 26.854art. 3 · Estado nacional
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

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