JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

BANEGAS NORMA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora pidió reajuste del haber previsional y la Cámara ordenó parcialmente el recalculo y dispuso el reajuste a enero de 2021 conforme la movilidad que hubiera correspondido de haberse aplicado la ley 27.426 y, desde febrero, la movilidad prevista en la ley 27.609. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado, diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y del Decreto 274/2024 para la ejecución y condenó en costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 047870/2025/CA001
Reajuste Haber previsional Movilidad Ley 27.609 Ley 27.426 Decretos 163/2020 495/2020 692/2020 899/2020 Inconstitucionalidad diferida Anses Costas Seguridad social

¿Quién es el actor?

BANEGAS NORMA BEATRIZ (actora).

¿A quién se demanda?

ANSES (organismo exigido).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios; concreto pedido de recalculo del haber previsional y actualización conforme índices y cuestionamiento de la aplicación de normas y decretos que suspendieron o modificaron la movilidad (p. ej. Ley 27.541, Ley 27.609, Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020, Decreto 274/2024).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y, en consecuencia, ordenó al organismo exigido que reajuste el haber previsional de la actora a enero de 2021 con la diferencia entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y la movilidad que le hubiera correspondido de haberse aplicado la ley suspendida 27.426; igualó a febrero y desde entonces aplicó la movilidad contemplada en la ley 27.609; confirmó la sentencia en lo demás; diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y del Decreto 274/2024 para la etapa de ejecución; impuso costas a la demandada y reguló honorarios de la actora por su actuación en alzada en 30% de la suma fijada en primera instancia más IVA en su caso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Razones de economía procesal aconsejan remitirse a dichos precedentes a fin de evitar un dispendio jurisdiccional innecesario, motivo por el que corresponde ratificar lo resuelto por el a quo en torno a la actualización de las remuneraciones consideradas para el cálculo de la PC y PAP, con arreglo al índice que contempla la Resolución 140/95 de la ANSeS hasta la fecha de adquisición del derecho del actor."

2) "En consecuencia, se confirma lo resuelto por ea quo."

3) "En lo que respect al planteo de inconstitucionalidad referido a la ley 27.609, este Tribunal se pronunció en los autos: : 'WALD ALICIA GRACIELA c/ANSeS s/REAJUSTES VARIOS' ... por ende, corresponde revocar lo dispuesto en la instancia de grado y diferir su tratamiento para la etapa de ejecución."

4) (Voto decisorio que impone el reajuste) "Ordenar al organismo exigido que reajuste el haber previsional de la actora a enero de 2.021 con la diferencia de lo que resulte entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 que fijan la movilidad durante el período suspendido y la movilidad que le hubiera correspondido de haberse aplicado la ley suspendida 27.426, igual al mes de febrero y desde ahí en adelante, la movilidad contemplada en la ley 27.609."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra voto en disidencia; la resolución expone el acuerdo de la mayoría y los tres jueces adhirieron, con matices en fundamentación sobre art. 55 Ley 27.541.

Normas que cita

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.