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Cámara de Apelaciones

CARBONE CARMEN BEATRIZ TELMA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo previsional contra ANSeS por reajustes y redeterminación del haber inicial; la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el art. 4 de la Ley 27.609 y difirió para ejecución el análisis de la movilidad prevista por la Ley 27.609, el DNU 274/2024 y los “bonos” extraordinarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 053647/2025/CA001
Reajustes Prestacion basica universal Ley 27.609 Dnu 274/2024 Inconstitucionalidad art. 4 Remuneraciones anteriores a 31/3/1991 Isbic / elliff Diferimiento para ejecucion Costas Honorarios

¿Quién es el actor?

CARBONE CARMEN BEATRIZ TELMA.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por reajustes varios, incluida la actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial (PC, PAP), la redeterminación de la Prestación Básica Universal (PBU) y planteos de inconstitucionalidad respecto de la Ley 27.609, del DNU 274/2024 y de la incorporación de bonos/refuerzos previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró la inconstitucionalidad del art. 4 de la Ley 27.609 en los términos del fallo, difirió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la movilidad establecida por la Ley 27.609 y del DNU 274/2024 y de la incorporación de “bonos” y/o “refuerzos extraordinarios” para la etapa de ejecución; confirmó lo demás decidido en la instancia de grado; impuso costas de Alzada a la demandada vencida; y reguló honorarios a favor de la representación letrada actora en el 30% de lo fijado en la instancia anterior más IVA si corresponde.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) “En virtud de lo cual, resulta con total asidero determinar la pauta de actualización, más aún cuando el legislador entre las prescripciones de la Ley 27.609, que remiten a las disposiciones de Ley 27.260 para la fijación del índice de actualización de las remuneraciones, no prevé un índice de recomposición salarial para los mensuales anteriores a marzo de 1991. En este orden, corresponde hacer lugar al planteo de la parte actora y ordenar la actualización de las remuneraciones anteriores al 31.3.1991 consideradas para el cálculo de la PC y PAP, con arreglo a lo indicado por las resoluciones 63/94, 918/94 y 1120/94 hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417 -con sus modificaciones- y éstas hasta la fecha de adquisición del derecho (Conf. Fallos: “Elliff, Alberto José c/ ANSeS s/ reajustes varios”, sent del 11 de agosto del año 2009 (Fallos 332:1914), doctrina que fue ratificada en la sentencia “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios” de fecha 18 de diciembre de 2018).”

2) “La Constitución Nacional garantiza la movilidad de los haberes previsionales en su artículo 14 bis... En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución.”

3) “Los instrumentos referidos [bonos/refuerzos]... forman parte de un esquema de política pública diseñado por el P.E.N. con el objetivo de paliar los efectos que las diferentes variables económicas generan, afectando a los sectores más vulnerables... entiendo que este planteo debe seguir igual suerte, por lo que propicio tal como lo hice con relación a la Ley 27.609 diferir su evaluación para la etapa de ejecución de sentencia.”

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo disidencia de la mayoría; los tres votos adhieren y el bloque dispositivo final es el acuerdo de la mayoría.

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