MARRA SALVADOR Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Agentes retirados de la S.I.D.E. reclamaron la integración de sumas abonadas al personal en actividad a su haber de retiro de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. La Procuración General dictaminó que corresponde hacer lugar al recurso extraordinario y dejar sin efecto la decisión que declaró la caducidad de la acción por aplicación del artículo 25 de la ley 19.549.
¿Quién es el actor?
Salvador Marra y otros agentes retirados de la S.I.D.E.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
integración, en carácter de remunerativas y bonificables, a su haber de retiro de sumas abonadas por diversos conceptos al personal en actividad.
¿Qué se resolvió?
el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social n° 6 decretó de oficio la caducidad de la acción con apoyo principal en el artículo 25 de la ley 19.549; la Alzada confirmó. Contra ello se interpuso recurso extraordinario, denegado y motivado la queja. La Procuración dictamina hacer lugar al recurso, dejar sin efecto el pronunciamiento y devolver las actuaciones para nuevo fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En primer lugar, cabe indicar que, a mi modo de ver, si bien la resolución apelada no reviste el carácter de sentencia definitiva, resulta equiparable a tal, toda vez que de quedar ella firme, clausuraría totalmente el acceso del actor a la jurisdicción (Fallos: 312:1724)."
"Al respecto, V.E. ha dicho que cabe hacer excepción a la regla de conformidad con la cual las cuestiones de orden procesal, aun regidas por leyes federales, constituyen materia extraña a la instancia extraordinaria cuando la decisión cuestionada frustra la vía utilizada por el justiciable sin fundamento suficiente, restringiendo sustancialmente su derecho de defensa (Fallos: 310:2159; 317:387 y 323:1919)."
"En ese orden, cabe señalar, que esa Corte se ha pronunciado negativamente sobre la posibilidad de aplicar, al ámbito de los organismos militares, de defensa y seguridad, las disposiciones de la ley 19.549 (ver Fallos 311:255; 312:1250; 322:551; 327:4681)."
"Por lo expuesto, estimo que corresponde hacer lugar al recurso extraordinario, dejar sin efecto el pronunciamiento atacado y devolver las actuaciones para que se dicte una nueva sentencia con el alcance indicado."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 19.549arts. 1, 2, 25 · Normas
- Constitución Nacionalarts. 18, 19
Fallos que cita
- Fallos 312:1724CSJN
- Fallos 310:2159CSJN
- Fallos 323:1919CSJN
- Fallos 311:255CSJN
- Fallos 312:1250CSJN
- Fallos 322:551CSJN
- Fallos 327:4681CSJN
- Blaya, Joaquín Claudio c/ EN Ministerio de Justicia s/ Personal Militar y Civil de las FF.AA. y de seguridadCSJN · 16/08/2007
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.