JurisprudenciaARG
Corte Suprema

.juan Carlos Bagnat c/ Nacion Argentina (estado Mayor General Naval)

El actor Juan Carlos Bagnat demandó a la Nación (Estado Mayor General Naval) por su retiro militar, y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso-administrativo Federal, al revocar la primera instancia, aplicó la caducidad del artículo 25 de la ley 19.549 a un procedimiento militar. La Corte Suprema dejó sin efecto esa sentencia, considerando que la ley 19.549 no se aplica supletoriamente al régimen militar y de seguridad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 311:255
Caducidad de la accion Plazo art. 25 ley 19.549 Procedimiento administrativo militar Aplicacion supletoria Regimen de personal militar y de seguridad Retiro militar Cuestion federal Interpretacion armonica del ordenamiento Recurso extraordinario Requisitos formales.

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Bagnat.

¿A quién se demanda?

Nación Argentina (Estado Mayor General Naval).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación judicial de la decisión administrativa que dispuso su retiro militar (cuestionada como nula de nulidad absoluta).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia de la Cámara y devolvió los autos para que se dicte nuevo pronunciamiento conforme a derecho, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Como puede verse, de acuerdo a lo que disponen las normas citadas, estimo que el procedimiento atinente al personal militar y de seguridad, no admite la aplicación supletoria de la ley 19.549, en la forma en que lo ha entendido la Cámara, ello, sin dejar de señalar que aun cuando pudiera admitirse tal inteligencia, dicha aplicación no podría extenderse a normas que sujetan a un plazo en extremo breve la extinción del derecho que pretende ejercerse."

"...las leyes deben ser interpretadas considerando armónicamente la totalidad del ordenamiento jurídico y los principios y garantías de raigambre constitucional, para obtener un resultado adecuado, pues la admisión de soluciones notoriamente disvaliosas no resulta compatible con el fin común, tanto de la tarea legislativa como de la judicial (Fallos: 302:1284)."

Sobre el primer agravio (preclusión de la habilitación de instancia), se declaró inadmisible: "no ha existido al respecto un pronunciamiento contrario a un derecho de naturaleza federal oportunamente invocado por el apelante", ya que el actor no invocó la preclusión en su contestación de agravios.

Se afirmó que la inteligencia de los arts. 2º y 25 de la ley 19.549 suscita cuestión federal.

Normas que cita

Fallos que cita

  • AstaridaCSJN (plenario)
  • Fallos 302:1284CSJN

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