JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

LA BARRACA MALL S.A C/ ADMINISTRACION TRIBUTARIA MENDOZA (ATM) P/ ACCIÓN PROCESAL ADMINISTRATIVA

La actora promovió acción procesal administrativa contra la ATM para que se deje sin efecto la Resolución N° 146/18 que impuso multas por retenciones ingresadas fuera de término. La Sala Segunda rechazó la demanda por considerar que la conducta y la graduación de la multa (800%) se ajustaron a la normativa aplicable y no quedó probada fuerza mayor ni confiscatoriedad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - SALA SEGUNDA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-04647568-7
Costas Fuerza mayor Confiscatoriedad Multa fiscal Agentes de retencion Accion procesal administrativa Ingreso fuera de termino Art. 58 cf Art. 58 bis cf Resolucion general 07/14

¿Quién es el actor?

LA BARRACA MALL S.A.

¿A quién se demanda?

Administración Tributaria Mendoza (ATM).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de la Resolución N° 146/18 que confirmó la sanción administrativa que aplicó multas equivalentes al 800% de los impuestos retenidos por el ingreso fuera de término de retenciones practicadas como agente de retención para los períodos 2013/03 a 12 y 2014/01 a 04, por un monto de $910.930,16.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la acción procesal administrativa; se impusieron costas a la actora y se regularon honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes y citas textuales:

"La conducta recriminada ... es la apropiación indebida de impuestos, lo que se traduce en la decisión libre y voluntaria del agente de retención, recaudación y/o percepción de conservar en su poder impuestos retenidos, una vez vencido los plazos para ingresarlos al fisco. En ningún momento se exige ardid o engaño específico..."

"De las probanzas de la causa no resultan acreditadas tales dificultades económicas. En efecto, ello no ha sido demostrado en el expediente administrativo ni tampoco en la presente instancia jurisdiccional..."

"La sanción de multa aplicada a la parte actora no luce irrazonable, desproporcionada o arbitraria. Por el contrario, la misma se ha aplicado en el marco de la normativa aplicable y se ajusta adecuadamente a las circunstancias del caso."

"No es posible admitir el planteo de confiscatoriedad en este caso concreto, toda vez que no se ha producido prueba pericial que permita formar criterio al respecto."

Sobre la carga de la prueba y el elemento subjetivo: se recordó que, una vez acreditado el elemento objetivo (no ingreso de retenciones), corresponde a la imputada demostrar la inexistencia del elemento subjetivo o la existencia de fuerza mayor (cita: Fallos: 316:1313). En la causa no se acompañó prueba suficiente que acreditara fuerza mayor o imposibilidad.

Sobre la fundamentación administrativa y proporcionalidad de la sanción: la Administración fundó la decisión y aplicó la escala prevista en la Resolución General N° 14/13 modificada por N° 07/14; la conducta fue sistemática, con ingresos más de dos años tardíos y no espontáneos, lo que habilitó la aplicación del 800% (duplo por no tratarse de pago espontáneo).

¿Cómo votaron los jueces?

los Dres. Palermo (voto preopinante), Valerio y Adaro coincidieron en rechazar la demanda; no se registran disidencias.

Normas que cita

  • CÓDIGO FISCAL (Provincia de Mendoza) (Provincia De Mendoza)arts. 58, 58 bis
  • Ley 6367 (Provincia De Mendoza)
  • Ley 7483 (Provincia De Mendoza)
  • Ley 8398 (Provincia De Mendoza)
  • Ley 8523 (Provincia De Mendoza)
  • Ley 8633 (Provincia De Mendoza)
  • Resolución RES. GRAL. N° 14/2013 (ATM) (Provincia De Mendoza)art. 19 ap. II (cap. II)
  • Resolución RES. GRAL. N° 07/14 (ATM) (Provincia De Mendoza)art. 1 (sustitución Cap. II)
  • CPCCyN / CPCCyT (citación en fallo: CPCCyT) (Provincia De Mendoza)art. 33 ap. III (CPCCyT)
  • Ley 9131 (Provincia De Mendoza)arts. 2, 3, 4, 13, 31
  • CPCCT (Provincia De Mendoza)art. 36
  • Ley CPA (Provincia De Mendoza)art. 76
  • CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL NACIONALart. 1730

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.