FANTIN, MARIELA SILVINA c/ LAN ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO
Trabajadora demandó por nulidad de un acuerdo extintivo y diferencias salariales por pagos en dólares y despido encubierto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la condena fijando el monto en $5.879.958,88 (más actualización según ley 27802) y confirmó en lo demás la sentencia de primera instancia, regulando honorarios y costas a cargo de las demandadas vencidas.
¿Quién es el actor?
Mariela Silvina Fantin (trabajadora/actora).
¿A quién se demanda?
LAN Argentina SA y LATAM Airlines Group SA (codemandadas).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
nulidad del acuerdo extintivo celebrado bajo art. 241 LCT por encubrir despido fraudulento durante la prohibición de ceses por la pandemia; integración salarial de viáticos abonados en dólares; diferencias salariales; indemnizaciones por despido incluidas las previsiones del DNU 34/2019 y leyes 25323/25345; entrega de certificados de trabajo; extensión de responsabilidad solidaria (art. 31 LCT).
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia apelada para establecer el monto de condena en $5.879.958,88, más la actualización prevista en el considerando (aplicación del art. 55 de la ley 27802 conforme al inciso c)), se regularon los honorarios de primera instancia (260 UMA a la actora; 230 UMA a cada representación letrada de las codemandadas; 80 UMA a la perito contadora; 70 UMA al perito informático), se confirmó en lo demás el pronunciamiento de grado, se impusieron las costas de Alzada a cargo de las demandadas vencidas y se reguló en Alzada un 30% sobre lo regulado en primera instancia para los profesionales intervinientes en esta instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En la especie, la confluencia de elementos objetivos debidamente acreditados en autos revela que la trabajadora no obró con plena libertad al consentir la rescisión... Estas circunstancias fácticas, unidas a la edad de la dependiente y a la extrema dificultad de reinserción en un mercado aeronáutico paralizado, demuestran con claridad que la decisión de suscribir el acta notarial no fue adoptada en un contexto de auténtica libertad."
"Por todo lo expuesto, corresponde desestimar los agravios de las demandadas y confirmar la sentencia de primera instancia en cuanto tuvo por nulo el acuerdo extintivo y calificó el distracto como un despido directo sin justa causa."
"En consecuencia, por estricta aplicación del principio de congruencia y de conformidad con lo normado por el art. 260 de la LCT, corresponde modificar dicho segmento del pronunciamiento y establecer que la suma a tener como pago a cuenta a deducirse del crédito diferido a condena asciende a $4.674.704,24."
"La ley 27802... en su art. 55 dispone que '... el resultado, aplicando las pautas del inciso a) ... no podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación ... del IPC ... con más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual; c) El valor resultante no podrá ser inferior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b)'."
"A la luz de lo expuesto, considero que la norma cuestionada —especialmente a la luz del criterio de confiscatoriedad utilizado por el Máximo Tribunal— supera el examen de razonabilidad, por lo que corresponde revocar la declaración de inconstitucionalidad decidida en origen y desestimar el planteo incoado al respecto."
¿Cómo votaron los jueces?
No existe voto de mayoría que se aparte de la Parte Resolutiva; la Dra. García Vior adhirió al voto principal en lo sustancial pero dejó expresa reserva de criterio sobre la validez constitucional del art. 55 de la ley 27802, adhiriendo por razones de economía procesal.
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Normas que cita
- LCTarts. 241, 31, 232, 233, 245, 260, 223 bis, 80, 106, 103, 247 · Ley de contrato de trabajo
- DNU 34/2019
- Ley 25323arts. 1, 2 · Contrato de trabajo
- Ley 25345art. 45 · Prevencion de la evasion fiscal
- Ley 27742Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos
- Ley 27802arts. 55, 54, 56 · Ley de modernizacion laboral
- Decreto 39/2021
- Decreto 528/2020
- Decreto 146/2001
- Ley 27423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNarts. 68, 279, 30 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- LOart. 116
Fallos que cita
- Fallos 335:2333CSJN
- Fallos 310:1045CSJN
- Fallos 311:1132CSJN
- Fallos 316:188CSJN
- Fallos 288:240CSJN
- Fallos 308:1631CSJN
- Fallos 323:2409CSJN
- Fallos 315:923CSJN
- Fallos 326:3024CSJN
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