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Cámara de Apelaciones

LENA, LILIANA BEATRIZ c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

La demandante impugnó un acto administrativo de la ANSeS que le negaba la pensión por fallecimiento de su pareja. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que la otorgó, por considerar que el causante reunía aportes suficientes, y declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 012344/2024/CA001
Pension por fallecimiento Proporcionalidad de aportes Aportante irregular con derecho Decreto 460/99 Impuesto a las ganancias Retroactivos previsionales Inconstitucionalidad de oficio Dnu 157/2018 Costas Anses.

¿Quién es el actor?

Liliana Beatriz Lena.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación de acto administrativo que denegó la pensión directa por fallecimiento del Sr. Rubén Ramón Berón (falleció el 11/04/2021, a los 58 años y 8 meses, con 13 años y 8 meses de aportes computables).

¿Qué se resolvió?

confirmar la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y otorgó el beneficio de pensión directa; declarar de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; imponer costas de Alzada a la demandada vencida; regular honorarios de Alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...tomando como edad de entrada al sistema previsional la de dieciocho años y contemplando la fecha del deceso del Sr. BERON, tenemos como resultado un lapso potencial de 40 años de contribución al sistema; y aplicando la regla de proporcionalidad de aportes sentada por nuestro máximo tribunal le resultaban legalmente exigibles un total de servicios con aportes durante 25 años y fracción. Se evidencia entonces que los aportes acreditados (13 años y 8 meses) exceden el mínimo del 50% exigible en proporción a la vida laboral del causante."

"...corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423." (Morales, Blanca Azucena, Fallos 346:634).

Sobre el impuesto a las ganancias, la Dra. Andalaf Casiello entendió que debía quedar exento el retroactivo, y la Dra. Vidal adhirió a esa exención siguiendo "GARCIA, Marta Susana c/ ANSeS" y "DATTORE" (CSJN, 10/09/2020). El Dr. Pineda, en cambio, remitió a su precedente de la Sala del 25/08/2022 (FRO 24589/2019), por lo que la exención del retroactivo fue expresada por dos de los tres vocales, con el voto del Dr. Pineda remitiendo a lo resuelto en su propia Sala.

Normas que cita

  • Decreto 460
  • DNU 157art. 3
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 20.628Impuestos a las ganancias

Fallos que cita

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