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Cámara de Apelaciones

PARDO, FABIANA LORENA RITA c/ ANSES s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La actora reclamó la pensión directa por el fallecimiento de su esposo, cuyo beneficio le había sido denegado por ANSES. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, reconociendo que los aportes acreditados superaban el mínimo exigible del 50% de la vida laboral del causante, y declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 para imponer las costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 019819/2023/CA001
Pension directa Aportante regular o irregular con derecho Proporcionalidad de aportes Ley 24.241 Decreto 460/99 Anses Inconstitucionalidad de oficio Decreto 157/2018 Costas a la demandada vencida Honorarios de alzada.

¿Quién es el actor?

Fabiana Lorena Rita Pardo.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción meramente declarativa de inconstitucionalidad, tendiente a obtener el beneficio de pensión directa por fallecimiento de su esposo, Gustavo Fabián Andrada, revocando el acto administrativo que lo denegaba.

¿Qué se resolvió?

confirmar la sentencia de primera instancia en cuanto fue materia de agravios; declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de la instancia a la demandada sustancialmente vencida; regular honorarios de Alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se evidencia entonces que los aportes acreditados (20 años y 9 meses) exceden el mínimo del 50% exigible en proporción a la vida laboral del causante. Por lo tanto, en este caso concreto, resulta acertada la resolución del juez quo que nos precedió en la instancia en cuanto hizo lugar a la demanda y revocó la resolución administrativa impugnada, por lo que corresponde confirmar el decisorio apelado."

"Lo señalado en los parágrafos precedentes resulta conteste con la decisión adoptada por el Alto Tribunal en la doctrina del fallo 'Pinto, Ángela Amanda c/ ANSeS s/ pensiones' (CSJN 6 de abril de 2010)..."

"En lo atinente a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'Morales, Blanca Azucena' (Fallos: 346:634)... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida..."

Los votos de las Dras. Andalaf Casiello y Vidal adhieren al voto del Dr. Pineda, por lo que la solución fue unánime.

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 95 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Decreto 460
  • DNU 157art. 3
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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