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Cámara de Apelaciones

GONZALEZ BENICIO TORIBIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional de jubilación ordinaria (ley 24.241) ante la ANSeS. La Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y confirmó en lo demás la actualización de remuneraciones con el ISBIC, la inaplicabilidad de los decretos 807/2016 y de la deducción del art. 9 de la ley 24.463, y el rechazo de la tasa de sustitutividad mínima.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 076426/2016/CA001
Anses Reajuste previsional Isbic Resolucion 140/95 Ley 24.241 Ley 24.463 art. 9 Topes confiscatorios Decreto 807/2016 Impuesto a las ganancias Tasa de sustitutividad Tasa pasiva bcra

¿Quién es el actor?

Benicio Toribio González.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber previsional (PC y PAP), con actualización de remuneraciones, aplicación de topes y deducciones de la ley 24.463, impuesto a las ganancias, tasa de sustitutividad, actualización monetaria y tasa de interés.

¿Qué se resolvió?

la Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada, según los considerandos, y la confirmó en lo demás que fue materia de agravios. Impuso costas de ambas instancias a la demandada vencida y reguló honorarios de Alzada a la representación de la parte actora en el 30% de lo que se fije en primera instancia, más IVA si corresponde.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Actualización de remuneraciones: "Razones de economía procesal aconsejan remitirse a dichos precedentes a fin de evitar un dispendio jurisdiccional innecesario, motivo por el que corresponde ratificar lo resuelto por el a quo en torno a la actualización de las remuneraciones consideradas para el cálculo de la PC y PAP, con arreglo al índice que contempla la Resolución 140/95 de la ANSeS hasta la fecha de adquisición del derecho del actor." Se remite a "Elliff" y "Blanco" de la CSJN, con descuento de lo ya actualizado por ANSeS.

Decreto 807/2016: "no puede tener acogida favorable, toda vez que el actor adquirió su beneficio previsional con anterioridad a la fecha establecida en el art.5 del primero".

Art. 9 inc. 2º ley 24.463: "resulta inaplicable esta deducción a la prestación percibida por la actriz", por haber obtenido el beneficio al amparo de la ley 24.241.

Art. 9 inc. 3º ley 24.463: se declara su inconstitucionalidad en la etapa de liquidación si la quita supera el 15%, conforme "Actis Caporale" y "Rapisarda"; como el cese es anterior a la Resolución SSS 6/09, su metodología resulta inaplicable.

Ganancias: se confirma lo decidido en grado remitiendo a "García Marta Susana" y "García Blanco Esteban" de la CSJN.

Tasa de sustitutividad: se desestima con cita de "Benoist" y "Hartmann"; el planteo del art. 14 de la Res. 06/09 encuentra respuesta en "Massolo" (Fallos 333:447).

Intereses: tasa pasiva promedio del BCRA hasta el pago, conf. "Spitale" y "Cahais".

Costas: a la demandada vencida (art. 68 CPCCN).

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
  • Decreto 807/2016art. 5
  • Resolución 140/95
  • Resolución 6/09art. 14
  • Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.423art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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