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Cámara de Apelaciones

GAIMBIJNER HECTOR ERNESTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 1, dejó sin efecto el diferimiento del tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre topes de haberes, confirmando en lo demás la sentencia de grado. Por mayoría, el Tribunal reconoció el derecho a revisar el valor de la Prestación Básica Universal al considerar la incidencia de los bonos previsionales, y mantuvo la imposición de costas al organismo demandado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 031313/2024/CA001
Prestacion basica universal Bonos previsionales Movilidad jubilatoria Ley 27.609 Topes de haberes Art. 9 ley 24.463 Confiscatoriedad Costas previsionales Art. 36 ley 27.423 Haber minimo.

¿Quién es el actor?

Héctor Ernesto Gaimbijner.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU) y de las remuneraciones utilizadas para el haber inicial; cuestionamiento de topes de haberes (art. 9 inc. 3 ley 24.463); planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.609; exención de ganancias; costas.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se dejó sin efecto el diferimiento respecto de la ley 27.609 y se difirió para ejecución la cuestión de topes; se confirmaron las costas de grado conforme art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423, se impusieron las costas de Alzada en el orden causado, se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de los de la instancia anterior, y se confirmó la sentencia en lo demás.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"…corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."

"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas."

"…no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."

¿Cómo votaron los jueces?

deja a salvo su opinión sobre la actualización de la PBU (debe analizarse en la etapa de ejecución), remite a sus fundamentos en "WALD" respecto de la ley 27.609, y se pronuncia por declarar la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 en la etapa de liquidación si la quita supera el 15%.

Normas que cita

Fallos que cita

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