JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

JOFRE BERNARDEZ LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La parte actora reclamó el reajuste de la Prestación Básica Universal y la revisión de su haber inicial, y cuestionó la tasa de interés y la prescripción. La Cámara confirmó la sentencia de grado, reconoció el derecho a la revisión de la PBU y de las remuneraciones actualizadas, difirió para la ejecución el planteo sobre topes y declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 004890/2025/CA001
Prestacion basica universal Reajuste previsional Bonos previsionales Topes de haberes Ley 24.463 Impuesto a las ganancias Prescripcion bienal Costas previsionales Ley 27.423 Confiscatoriedad.

¿Quién es el actor?

JOFRE BERNARDEZ LUIS

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, en particular la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), la actualización de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial, la aplicación de topes y la retención del impuesto a las ganancias.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Cámara difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre topes de haberes, confirmó lo resuelto en materia de costas de primera instancia (conforme al art. 68 CPCCN y al art. 36 de la ley 27.423), confirmó la sentencia recurrida en lo demás que decide y fijó las costas de Alzada por su orden. Además, se determinaron los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo fijado para la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...en consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."

"...a la retroactividad resultante habrá de aplicarse la Tasa Pasiva Promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina de conformidad a la doctrina reiterada del Alto Tribunal cfr. 'Spitale' (Fallos: 327:3721)."

"...corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido" (retención del impuesto a las ganancias, con cita de CSJN Fallos 342:411 y 344:983).

Prescripción: "...la prescripción aplicada por el fallo ha de ser confirmada por ajustada a derecho... toda vez que en materia de reajustes por movilidad del haber jubilatorio rige la prescripción bienal."

¿Cómo votaron los jueces?

propuso remitir el análisis de la PBU a la etapa de ejecución por aplicación de "Quiroga", "Sandoval" y "Pichersky", y confirmar la sentencia en lo relativo a los servicios autónomos, por aplicación de la prohibición de reformatio in peius. Esta postura no integra la decisión mayoritaria.

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
  • Ley 27.423arts. 36, 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.476art. 6 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 25.865art. 6 · Iva - monotributo
  • Ley 25.994art. 6 · Jubilaciones y pensiones
  • CPCCNarts. 68, 271 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacionalart. 16
  • Decreto 532
  • Decreto 116
  • Decreto 807
  • Resolución ANSES 56
  • Resolución SSS 06art. 14

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.