JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

DELFINO NORBERTO OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional, cuestionando la actualización de remuneraciones, la Prestación Básica Universal, los refuerzos previsionales y el impuesto a las ganancias. La Cámara modificó la sentencia de grado: revocó lo decidido respecto de la Resolución SSS 6/2009, dejó sin efecto el diferimiento del planteo sobre la ley 27.609 y difirió para ejecución la cuestión de topes, y declaró inaplicable el impuesto a las ganancias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 029064/2024/CA001
Reajuste previsional Prestacion basica universal Ley 27.609 Actualizacion de remuneraciones Refuerzos previsionales Movilidad jubilatoria Confiscatoriedad Topes de haberes Impuesto a las ganancias Reformatio in peius

¿Quién es el actor?

Norberto Oscar Delfino.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios del haber previsional otorgado con fecha de adquisición del derecho 11/09/2023, al amparo de la ley 27.609. Se cuestionan la actualización de remuneraciones, el reajuste de la Prestación Básica Universal, la tasa de interés y de sustitución, la inconstitucionalidad de los arts. 1 y 2 de la ley 27.426 y de la ley 27.609, la inclusión de refuerzos previsionales, bonos y suplementos, y la retención del impuesto a las ganancias.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Cámara (1) difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; (2) revocó lo decidido respecto de la Resolución SSS 6/2009; (3) dejó sin efecto el diferimiento del tratamiento de la ley 27.609; (4) confirmó lo resuelto en materia de costas de grado, sujeto a lo que surja de la liquidación; (5) confirmó la sentencia apelada en lo demás que decidió y fue materia de agravios; (6) impuso las costas de Alzada por su orden; y (7) fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora por la Alzada en el 30% de lo establecido para la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que a tenor de los agravios vertidos (...) corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.609 y concordantes."

"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU, pues evidencia una insuficiencia en la determinación del valor inicial de la Prestación Básica Universal como componente del haber mínimo."

"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."

"Ha de concluirse que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."

"En igual sentido, la Corte Suprema extendió la solución respecto del impuesto a las ganancias en los precedentes 'García, María Isabel' (Fallos 342:411) y 'García Blanco Esteban' (Fallos 344:983), por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."

¿Cómo votaron los jueces?

entiende que corresponde confirmar la actualización de remuneraciones conforme el art. 4 de la ley 27.609 y que no corresponde modificar la metodología de servicios autónomos por aplicación del principio de reformatio in peius.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 14 bis, 16, 75
  • Ley 24.241arts. 17, 24, 26, 30, 97 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
  • Ley 27.609art. 4 · Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 27.426arts. 1, 2 · Reforma previsional
  • Ley 27.541Emergencia publica
  • Ley 27.423arts. 30, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 24.476art. 6 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 25.865art. 6 · Iva - monotributo
  • Ley 25.994art. 6 · Jubilaciones y pensiones
  • Resolución 6/2009art. 14.2
  • Resolución 3/2021art. 5
  • Resolución 56/2018
  • Resolución 1/2018

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