CAMA MARINA SUSANA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La parte actora reclamó contra la ANSeS la inconstitucionalidad de la Circular PREV-05-08/19 y la aplicación de la escala de deducciones del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 a su jubilación, con reintegro de lo retenido sin deducción de ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción, declarando inaplicable en el caso la escala de deducciones del art. 9.2 de la ley 24.463 por tratarse de un beneficio otorgado bajo el régimen general de la ley 24.241.
¿Quién es el actor?
Cama Marina Susana.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de amparo para que se declare la inconstitucionalidad de la Circular ANSES PREV-05-0819, o cualquier otra norma que disponga la aplicación de la escala de deducción del art. 9 de la ley 24.463 sobre el beneficio de la actora; reintegro de los montos retroactivos retenidos, sin retención de impuesto a las ganancias, con más intereses a la tasa activa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo que decide y fue materia de agravios. Impuso las costas de alzada a la demandada y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora por su actuación en esta instancia en el 30% de lo fijado para la anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Corresponde señalar que la escala de deducciones planteada en el art. 9 inc. 2° de la ley 24463 resulta aplicable siempre que concurran dos recaudos; en primer lugar, que se trate de beneficios acordados sobre la base de una legislación anterior a la entrada en vigencia de la ley 24241, que no es este el caso y en segundo, que la ley por la que se obtuvo el beneficio no provea otro tope al haber. Por ello, la limitación del art 9, inc 2, no debe ser de aplicación a beneficios como el presente."
"A partir de la vigencia de la Ley Nº 24.463, para las prestaciones otorgadas desde el 30/3/95 por ley 24241, como se sostuvo supra, se ha de encuadrar en todo caso en lo establecido por el artículo 9º, inciso 3 de la Ley Nº 24.463, norma que es la que correspondería a este tipo de beneficios."
"Por ello corresponde ordenar que resulta inaplicable en la especie la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la ley 24463 tan sólo y, en base a los argumentos aquí vertidos, corresponde confirmar la sentencia recurrida."
Sobre el art. 22 de la ley 24.463: "se trata de una norma de excepción redactada para los reclamos por reajuste de haberes y no para casos como el sub examine."
Sobre el agravio en torno al impuesto a las ganancias: "toda vez que no guarda relación con lo decidido en la instancia anterior, corresponde desestimar dicho agravio."
Sobre las costas: "no se encuentra motivo alguno para apartarse del principio sentado por el art. 14 de la Ley 16.986."
Sobre la vía del amparo: "corresponde desestimar el recurso de la accionada en este punto", atendiendo a la naturaleza de los derechos en litigio y al estado avanzado de la causa.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.463arts. 9 inc. 2, 9 inc. 3, 22 · Solidaridad previsional
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 18.037art. 13 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 16.986art. 14 · Amparo
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 27.423art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.016art. 4 · Docentes
- Resolución PREV-05-08/19 ANSeS
- Acordada 10/25 CSJN
Fallos que cita
- De la Horra c/ANSeSCSJN · 16/03/1999
- Mazzei Miguel Ángel c/ANSeS s/Prestaciones variasCSS · 25/03/2021
- Dominguez Vicente Raul c/ANSES s/Amparos y sumarísimosCFSS Sala II
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.