JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ALLEVATO ALEJANDRA SILVIA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora, jubilada con beneficio otorgado por el régimen general de la ley 24.241, reclamó la inaplicabilidad de la escala de deducciones del art. 9 de la ley 24.463 y la exención del impuesto a las ganancias sobre sus haberes. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, que había declarado inaplicable esa escala y la exención del gravamen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 034024/2025/CA001
Anses Amparo Haber maximo Escala de deducciones Art. 9 ley 24.463 Ley 24.241 Regimen general Impuesto a las ganancias Inaplicabilidad Costas

¿Quién es el actor?

Alejandra Silvia Allevato.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de amparo para que se declare la inconstitucionalidad de la Circular ANSES PREV-05-0819, o cualquier otra norma concordante, en cuanto dispone la aplicación de la escala de deducción del art. 9 de la ley 24.463; reintegro de los montos retroactivos retenidos, sin retención del impuesto a las ganancias, con intereses a tasa activa.

¿Qué se resolvió?

la Cámara, por mayoría, confirmó la sentencia apelada que había hecho lugar a la acción, declarado inaplicable el art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 y la exención del impuesto a las ganancias, e impuso las costas a la demandada. Las costas de alzada se impusieron a la demandada y se reguló el honorario de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo fijado para la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la escala de deducciones planteada en el art. 9 inc. 2° de la ley 24463 resulta aplicable siempre que concurran dos recaudos; en primer lugar, que se trate de beneficios acordados sobre la base de una legislación anterior a la entrada en vigencia de la ley 24241, que no es este el caso y en segundo, que la ley por la que se obtuvo el beneficio no provea otro tope al haber. Por ello, la limitación del art 9, inc 2, no debe ser de aplicación a beneficios como el presente."

"Siendo que el beneficio del accionante fue otorgado por régimen general, mal sería de consideración esta normativa."

Respecto del impuesto a las ganancias, la Cámara señaló: "la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares, como ser, in re 'García, María Isabel c/ A.F.I.P.' ... (Fallos: 342:411)... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."

Sobre la vía del amparo, la Cámara desestimó el agravio de la demandada por el perjuicio que supondría reiniciar una causa ya avanzada.

Sobre las costas: "no se encuentra motivo alguno para apartarse del principio sentado por el art. 14 de la Ley 16.986".

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 9 inc. 2, 9 inc. 3, 22 · Solidaridad previsional
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.016art. 4 · Docentes
  • Ley 18.037art. 13 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 16.986art. 14 · Amparo
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Acordada 10/25

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.