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Corte Suprema

LAS HERAS OSCAR ALFREDO Y OTRO c/ AEROVIAS NACIONALES DE COLOMBIA Y OTRA s/ORDINARIO

Un contrato de transporte aéreo sucesivo de mercaderías generó un reclamo por retardo entre Aerolíneas Argentinas y Avianca. El Procurador General dictaminó que corresponde conceder parcialmente el recurso extraordinario, revocar la solidaridad impuesta a Avianca respecto de la guía 526 y devolver la determinación del monto indemnizatorio para un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 87. XXXIV. REX
Transporte aereo internacional Convencion de varsovia Protocolo de la haya Transporte sucesivo Responsabilidad solidaria Protesta Limite indemnizatorio Retardo en la entrega Ley 23.982 Recurso extraordinario.

¿Quién es el actor?

Oscar Alfredo Las Heras y Simón Raúl Goldman.

¿A quién se demanda?

Avianca (Aerovías Nacionales de Colombia) y Aerolíneas Argentinas; citada en garantía, la Caja Nacional de Ahorro y Seguros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación integral de los daños derivados del retardo en el transporte sucesivo, desde Córdoba hasta Cúcuta, de dos partidas de muestras de juegos infantiles (guías 044-28054515 y 044-28054526) destinadas a la Feria Internacional de Cúcuta (15 al 24 de junio de 1989).

¿Qué se resolvió?

la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba había declarado el derecho de los actores a ser indemnizados, impuesto responsabilidad solidaria a Avianca y Aerolíneas Argentinas, fijado el límite de responsabilidad en 250 francos Poincaré por kilogramo sobre 2.650 kg, reducido en 40% la indemnización, confirmado el daño moral y establecido intereses. El Procurador opina que debe revocarse la solidaridad de Avianca respecto de la guía 526, pues el retardo se produjo en el tramo de Aerolíneas Argentinas, y que debe dictarse un nuevo pronunciamiento sobre el monto indemnizatorio por falta de fundamentación de la reducción del 40%.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si se consideró probado que el retraso ocurrió en el tramo correspondiente al primer porteador, no se puede condenar al transportador sucesivo, al quedar demostrado [...] que la demora no se produjo en el curso del transporte por él efectuado, por lo que, a su respecto, no se configura el requisito a que se refieren los mencionados preceptos."

"[...] Aerolíneas Argentinas resulta la única responsable por el retardo de la guía 526, en los términos del artículo 19 de la referida Convención y solidariamente responsable con Avianca, por el retraso de la mercadería cubierta por la guía 515."

Sobre la protesta: "al no verificarse el extremo de puesta de las mercaderías a disposición del destinatario en el tiempo razonable de ejecución del contrato, pierde relevancia la exigencia del artículo 26, párrafo 2 [...] y cobra plena vigencia el supuesto del artículo 13, apartado 3." Esta interpretación "encuentra sustento en la doctrina establecida por V.E. en su sentencia de Fallos: 315:612".

Sobre el tope indemnizatorio: "dicho precepto importa un tope máximo en la extensión pecuniaria del resarcimiento, más allá del cual no corresponde abonar suma alguna en concepto de capital [...] no puede ser excedida; pero, en cada ocasión, los jueces pueden [...] graduar razonablemente en menos la indemnización".

Sobre la reducción del 40%: "no aportó justificación o referencia alguna [...] lo que añade mayor imprecisión al razonamiento del sentenciador", por lo que "corresponde descalificar el fallo atacado" en ese punto.

Sobre la ley 23.982: "se trata de una ley de orden público (art. 16)", aplicable a Aerolíneas Argentinas y, por imperio de la ley 24.264, a la Caja Nacional de Ahorro y Seguros.

Los agravios sobre peso de la carga, daño moral, intereses y costas se consideran prematuros y dependientes de cuestiones fácticas y de derecho común, ajenas al art. 14 de la ley 48.

Normas que cita

  • Convención de Varsoviaarts. 19, 22, 26, 30
  • Protocolo de La Hayaarts. 11, 13, 22, 26, 30
  • Código Civilarts. 901, 509
  • Código Aeronáuticoart. 151
  • Ley Ley 23.982arts. 11, 16, 21
  • Ley Ley 24.264art. 17
  • Ley Ley 48art. 14
  • Constitución Nacionalarts. 16, 17, 18, 31
  • Ley 48
  • Ley 23.982

Fallos que cita

  • Las Heras, Oscar Alfredo y otro c/ Avianca Aerovías Nacionales de Colombia y otraCSJN · Fallos 315:612
  • Fallos 306:1805CSJN
  • Fallos 306:1861CSJN
  • Fallos 308:263CSJN
  • Fallos 310:860CSJN
  • Fallos 308:1076CSJN
  • Fallos 311:1950CSJN
  • Fallos 312:866CSJN
  • La Territorial de Seguros S.A. c/ Aerolíneas Argentinas s/ faltante y/o averíaCSJN · 02/04/1998
  • Fallos 315:2706CSJN

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