Carlos Rufino Gramajo c/ Integral Puertos S.r.l. y Otra
La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico que rechazó la prescripción y confirmó el comiso de valores secuestrados en una causa por infracción a la ley 19.359. El Tribunal sostuvo que los agravios por arbitrariedad remitían al examen de cuestiones de hecho, prueba y derecho procesal ajenas a la vía extraordinaria.
Actor (recurrente en queja): Mariano Cúneo Libarona, en representación de Alberto Eduardo Flageat.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional / Banco Central de la República Argentina (comiso dispuesto por resolución 553/82).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso de queja contra la denegatoria de un recurso extraordinario fundado en arbitrariedad.
¿Qué se resolvió?
se desestima la queja, se rechaza el agravio sobre prescripción y se confirma implícitamente el comiso de trescientos mil dólares y ciento noventa y nueve monedas de oro, o de los valores que los sustituyeron.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el fallo anterior de este Tribunal se tuvo por configurada la causal de descalificación de la sentencia apelada en razón de haberse omitido el análisis pormenorizado de defensas y pruebas vinculadas al comiso de los valores secuestrados, como así también por no exponerse fundamentos que justifiquen haberlas desechado, lo cual no implica un pronunciamiento acerca de la pretensión de fondo articulada en el recurso, en el sentido de tratarse de hechos escindibles, y en consecuencia quedó en el ámbito del tribunal ordinario expedirse sobre tal cuestión, cuya naturaleza hace que su examen sea, como regla, ajeno a la vía excepcional."
"La mera indicación de las defensas y pruebas cuya ponderación fue insuficiente o bien soslayada, con la aclaración de que ello no implicaba decisión sobre el resultado final al que pudieran arribar los jueces de la causa, no autoriza a otorgar a lo resuelto el mayor alcance que aduce la apelante."
"Los restantes agravios desarrollados en el remedio federal, en cuya virtud se aduce la arbitrariedad de la sentencia, remiten al examen pormenorizado de cada una de las pruebas e indicios que el juzgador consideró concurrentes para arribar a la decisión impugnada, constituyen planteos que de admitirse importarían tanto como una revisión propia de una tercera instancia ordinaria, lo cual no resulta viable."
"En el fallo se exponen suficientes argumentos de hecho y de derecho procesal y común, que avalan las conclusiones que motivan los agravios, y su acierto o error no constituyen motivos invalidantes de la sentencia en los términos de la doctrina de la arbitrariedad."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Ley 19.359Sanciones
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Gramajo, Carlos Rufino c/ Integral Puertos S.R.L.CSJN · Fallos 297:307
- Gramajo, Carlos Rufino c/ Integral Puertos S.R.L.CSJN · Fallos 303:245
- Flageat, Alberto Eduardo s/ infracción ley 19.359CSJN · 23/04/1987 · Fallos 308:358
- Fallos 290:92CSJN
- Fallos 293:218CSJN
- Fallos 286:137CSJN
- Fallos 300:200CSJN
- Paillás, Carlos Alberto s/ jubilaciónCSJN · 23/10/1986
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.