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Corte Suprema

CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL, AGRICOLA Y GANADERA c/ SAN JUAN, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema declaró que la causa corresponde a su competencia originaria y dispuso una medida cautelar de no innovar a favor de Cervecería y Maltería Quilmes, impidiendo a la Provincia de San Juan reclamar diferencias de Ingresos Brutos, aplicar multas o trabar medidas sobre su patrimonio hasta la sentencia definitiva. El tribunal fundó la competencia en precedentes sustancialmente análogos y consideró reunidos los presupuestos de la cautelar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 2570/2017
Competencia originaria Accion declarativa de inconstitucionalidad Medida cautelar de no innovar Ingresos brutos Lugar de ubicacion del establecimiento Convenio multilateral Reclamo tributario interprovincial Provincia de san juan Cerveceria y malteria quilmes

¿Quién es el actor?

Cervecería y Maltería Quilmes Sociedad Anónima Industrial, Comercial, Agrícola y Ganadera, representada por el Dr. Marcelo Claudio Gattei, con patrocinio de la Dra. Analía Alejandra Sánchez.

¿A quién se demanda?

Provincia de San Juan (no se presentó en autos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de inconstitucionalidad contra el reclamo provincial de Ingresos Brutos fundado en el lugar de ubicación del establecimiento de producción de la actora.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró su competencia originaria, corrió traslado de la demanda por sesenta días y hizo lugar a la medida cautelar de no innovar, en los términos de la parte resolutiva transcripta.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la presente causa corresponde a la competencia originaria del Tribunal, de conformidad con lo decidido en el precedente publicado en Fallos: 329:3890 y en las causas CSJ 230/2011 (47-E)/CS1 'ENOD S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad' y CSJ 47/2012 (48-A)/CS1 'Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad', sentencias del 22 y 28 de agosto de 2012, sustancialmente análogas, entre otras, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad y con el propósito de evitar reiteraciones innecesarias."

"Que en igual sentido, en el sub lite el Tribunal considera que se encuentran reunidos los presupuestos necesarios para acceder a la medida cautelar pedida, en el modo que se dispondrá a continuación, en virtud de los términos de la presentación de fs. 72/76 (artículo 230 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación...)."

No se registran votos en disidencia.

Normas que cita

Fallos que cita

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