BISSERIER DÍAZ, PAMELA c/ EN - DGN - periodos 24/9/01 29/10/04 9/03 y 15/11/05 s/empleo público
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Ministerio Público de la Defensa y revocó la sentencia que había reconocido a la actora el derecho reclamado en materia de empleo público. Rechazó la pretensión de la actora, imponiendo las costas por su orden.
¿Quién es el actor?
Pamela Bisserier Díaz.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ministerio Público de la Defensa - Defensoría General de la Nación.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo vinculado a periodos laborales comprendidos entre 24/9/01 y 29/10/04, y 9/03 y 15/11/05, en el marco de empleo público.
¿Qué se resolvió?
se declaró inoficioso el planteo de la actora sobre la integración del tribunal y la validez constitucional del art. 23 del decreto-ley 1285/58; se declaró procedente el recurso extraordinario de la demandada, se revocó la sentencia apelada y se desestimó la queja de la actora. Se rechazó la pretensión de la actora (art. 16, segunda parte, ley 48) y las costas se impusieron por su orden en todas las instancias, en razón de la índole de la cuestión debatida (arts. 68, segundo párrafo, y 279 CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en atención a que en la actualidad el Tribunal funciona con los cinco integrantes previstos en el art. 21 del decreto-ley 1285/58 (texto según ley 26.183), deviene inoficioso pronunciarse sobre el planteo formulado a fs. 629/631 y la validez constitucional del art. 23 del decreto-ley aludido."
"Que, en cuanto a la cuestión de fondo debatida en el proceso, el Tribunal comparte las consideraciones expuestas por el señor Procurador Fiscal subrogante, a las que cabe remitir por razones de brevedad."
Por remisión al dictamen del Procurador Fiscal subrogante, que no se transcribe en el documento analizado.
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Leyes que cita
- Ley 48Justicia nacional
- Ley 26.183Corte suprema de justicia de la nacion
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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