Bayer S.A. c/Santa Fe, Provincia de s/ acción declarativa de certeza
El actor cuestionó la aplicación de alícuotas diferenciales al impuesto sobre los ingresos brutos en función del domicilio de su planta industrial. El tribunal declaró la inconstitucionalidad de dicho régimen por considerar que la diferenciación según el domicilio no constituye una pauta razonable ni respeta el principio de igualdad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Cobro de diferencias del impuesto a los ingresos brutos
Aplicación de alícuotas diferenciales a los productos elaborados en planta industrial radicada en una jurisdicción distinta a la provincia demandada
- Principio de igualdad
- Control de razonabilidad
- El distinto domicilio de una persona no puede ser un elemento diferenciador dentro de una categoría obligada al pago o a la recaudación de un tributo
- Discriminación en función del domicilio no constituye una pauta razonable
- Barrera aduanera que altera el concepto orgánico de comercio previsto en la Constitución Nacional
- Se hace lugar a la demanda
- Se declara la inconstitucionalidad del régimen establecido en relación al impuesto sobre los ingresos brutos en el cual se fijaron alícuotas diferenciales
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