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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - Incidente Nº 1 - IMPUTADO: COLOMBI, HORACIO RICARDO Y OTROS s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

El Ministerio Público Fiscal recurrió en queja la denegación de un recurso extraordinario contra la resolución que, en una causa por evasión tributaria agravada, sobreseyó a una imputada como partícipe y se declaró incompetente en favor de la justicia provincial. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la resolución apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, por considerar que la decisión carecía de fundamentación válida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FCT 034020343/2009/15/1/1/RH009
Recurso extraordinario Queja Arbitrariedad Sobreseimiento Participacion criminal Accesoriedad Evasion tributaria Competencia federal Cuestion de competencia Ministerio publico fiscal.

Demandante/Recurrente: Ministerio Público Fiscal, representado por el Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal.

Demandado/Imputados: Horacio Ricardo Colombi y otros; en particular, Gladys Dionisia B. (sobreseída) y Horacio Ricardo C. (imputado como autor de evasión tributaria agravada, respecto de quien se declinó la competencia).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Evasión tributaria agravada vinculada a la adquisición de dos inmuebles mediante testaferros; cuestión de competencia entre la justicia federal y la provincial de Corrientes.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo expuesto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Al caso resulta aplicable, mutatis mutandis y en lo pertinente lo resuelto por el Tribunal en Fallos: 339:408 'Uzcátegui Matheus'; Fallos: 339:1441 'Morinigo Troche'; y FSM 2378/2010/TO1/1/RH1 'Olivera, Guillermo Adolfo...'". El dictamen sostiene que el sobreseimiento se fundó en un "principio de accesoriedad" que "es sólo aparente, pues no tiene respaldo en los hechos de la causa ni en el derecho aplicable", ya que la accesoriedad de la participación depende de características sustantivas del hecho principal (tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad del autor), y no de la suerte procesal de otros imputados. Añade que la cuestión de competencia es recurrible por excepción cuando se deniega el fuero federal, y que la decisión de la Cámara de Casación implicó arbitrariedad al no tratar el fondo de los agravios federales.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Ley 22.362art. 31 inc. d · Marcas y designaciones
  • CParts. 45, 48 · Codigo penal
  • CPPNart. 457 · Codigo procesal penal

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