JurisprudenciaARG
Primera Instancia

SLATINSEK GUILLERMO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajuste de movilidad y retroactivos de jubilación; el Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó recalcular el haber y pagar retroactivos conforme a pautas fijadas y admitió la prescripción por dos años conforme art. 82 ley 18.037.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 3 - SECRETARIA Nº 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 035674/2025
Reajustes previsionales Ley 24.241 Movilidad jubilatoria Anses Inconstitucionalidad decreto 807/16 Prescripcion art.82 ley 18.037 Recalculo de haberes Retroactivos Costas Liquidacion de honorarios

¿Quién es el actor?

Slatinsek Guillermo (parte actora).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de reajuste por movilidad del beneficio previsional obtenido bajo la Ley 24.241, redeterminación del haber, pago de diferencias retroactivas, actualización monetaria, intereses y costas; cuestionamiento de diversas disposiciones legales (inconstitucionalidad de normas y decretos, aplicación de topes, bonos y refuerzos).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se admitió la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037 (obligación naciente desde los dos años anteriores a la demanda o al reclamo administrativo acreditado); se ordenó a ANSES abonar el haber recalculado y el retroactivo conforme a las pautas del decisorio dentro de los 120 días contados desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas por su orden; se diferirió la regulación de honorarios hasta contar con liquidación aprobada y se estableció que no corresponde estimar honorarios de la demandada por aplicación del art. 2° de la ley 27.423.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En consecuencia, el reclamo será analizado por diferencias de haberes que formula la accionante a la luz de la Ley N° 24.241."

"Para la verificación de confiscatoriedad ... corresponde estarse a los lineamientos establecidos por la Sala III de la CFSS in re: 'Marinati Nilda Ana c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencia interlocutoria de fecha 4.7.22."

"En consecuencia, a efectos de garantizar la igualdad frente a la ley amparada por el artículo 16 de la C.N., evitando negar a algunos beneficiarios lo que a otros se les reconoce en igualdad de condiciones, se declara para el caso concreto la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 ... dispondré la actualización de las remuneraciones a las que se refiere el art. 24 de la Ley 24.241 del modo dispuesto recientemente por la Corte (Fallos 'Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', sentencia del 18 de diciembre de 2018 ...)."

"Respecto a la movilidad, teniendo en cuenta la fecha de adquisición del beneficio, resultan de aplicación las disposiciones contenidas en la ley 26.417, ley 27.426, ley 27.541 y ley 27.609."

"Ahora bien respecto a la excepción de prescripción opuesta por la parte demandada corresponde su admisión dejando establecido que la obligación de la demandada nace desde los 2 (dos) años anteriores a la interposición de la demanda, o del reclamo administrativo - si se hubiere acreditado- (conf. art. 82 ley 18.037)."

¿Cómo votaron los jueces?

inexistentes en la parte dispositiva; la sentencia es unipersonal firmada por el Juez Subrogante Diego Allievi.

Normas que cita

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.