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Primera Instancia

CARBAJAL SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS solicitando el recálculo y reajuste de su haber jubilatorio y el pago de retroactividades. El Juzgado hizo lugar a la demanda, ordenó la redeterminación del haber y el pago de diferencias desde el 10/11/2023, admitió la excepción de prescripción y declaró la inconstitucionalidad condicionada del art. 26 de la ley 24.241 y del art. 9 de la ley 24.463 si su aplicación implicara una merma superior al 15%.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 6
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 062838/2025
Anses Reajuste jubilatorio Ley 24.241 Art. 26 inconstitucionalidad condicionada Art. 9 ley 24.463 Prescripcion art. 82 ley 18.037 Retroactividades Pbu Isbic Jurisprudencia csjn.

¿Quién es el actor?

CARBAJAL SUSANA.

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste y recálculo del haber jubilatorio inicial obtenido bajo la ley 24.241; aplicación de pautas de movilidad; pago de sumas retroactivas e impugnación de topes máximos y de normas que se consideraron violatorias de la integralidad y proporcionalidad del haber.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, ordenándose que la ANSeS redetermine y reajuste el haber inicial según las pautas fijadas en la sentencia y abone las diferencias retroactivas con más sus intereses desde el 10/11/2023; se admitió la excepción de prescripción en cuanto a créditos anteriores a los dos años previos al reclamo administrativo; se declaró la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y del art. 9 de la ley 24.463 para el caso de que su aplicación provocara una merma superior al 15%; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida a la liquidación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En tal sentido, sin perjuicio del criterio que mantuve sobre el particular -de actualizar el valor del AMPO/MOPRE según el índice del salario básico de convenio de la industria y la construcción (ISBIC)-, lo cierto es que las tres Salas de la Excma. Cámara del fuero han unificado su posición sobre el punto, adoptando para la actualización de la PBU, el índice contemplado en el fallo de la CSJN 'Badaro Adolfo Valentín', sent. del 26/11/2007 ... En virtud de lo anterior, a fin de evitar un dispendio jurisdiccional, estimo adecuado aplicar la referida doctrina y ordenar la actualización de la PBU de acuerdo con el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el citado fallo 'Badaro'..."

"Que por ende, corresponde declarar la inconstitucionalidad de la mencionada norma [art. 26 ley 24.241] para el caso en que su aplicación conduzca a una merma en el haber jubilatorio de la parte actora que resulte confiscatoria, de conformidad con el criterio fijado por la CSJN en el fallo 'Actis Caporale...'"

"Por ello, y por razones de economía procesal, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 9 inciso 3° de la ley 24.463 para el supuesto en que en la etapa de liquidación se acredite una disminución en el haber recalculado conforme a las pautas que se ordenan en la presente, que resulte confiscatoria..."

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo votos; es sentencia de un juez de primera instancia.

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 24, 25, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 9, 22 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.153Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
  • Ley 27.426Reforma previsional
  • Ley 27.541Emergencia publica
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 25.994Jubilaciones y pensiones
  • Ley 25.865Iva - monotributo
  • Decreto 679/95art. 3
  • Resolución ANSES 56/2018
  • Resolución ANSES 918/94
  • Resolución ANSES 63/94
  • Resolución ANSES 140/95

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