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Cámara de Apelaciones

Recurso Queja N° 4 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CABALLERO , BRAIAN NICOLAS ALFREDO s/INFRACCION LEY 23.737

La defensa de Braian Nicolás Caballero promovió queja contra la resolución que negó excarcelación y prisión domiciliaria. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible la queja y condenó a la parte a costas en la instancia por ausencia de agravio federal fundado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FCT 007575/2025/TO01/4/RH002
Queja Casacion Excarcelacion Prision domiciliaria Inadmisibilidad Agravio federal Motivacion Costas Camara federal de casacion penal Doctrina di nunzio

¿Quién es el actor?

La defensa de Braian Nicolás Caballero.

¿A quién se demanda?

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes (resolución que negó excarcelación y prisión domiciliaria).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Queja por la denegatoria de excarcelación y prisión domiciliaria del imputado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible la queja intentada por la defensa, con costas en la instancia, y ordenó su registro, notificación, comunicación y remisión al tribunal de origen mediante pase digital.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que si bien las resoluciones que involucran la cuestión aquí planteada resultan equiparables a sentencia definitiva ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible, insuficiente o tardía reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835, 310:2245, 311:358, 314:791, 316:1934, 328:110 y 329:679, entre muchos otros), para posibilitar el ejercicio de la jurisdicción revisora de esta Cámara debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal, tal como lo estableciera la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re 'Di Nunzio' (Fallos: 328:1108)."

"En el caso bajo análisis, la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado que permita hacer excepción al principio general mencionado ut supra, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de motivación en la resolución impugnada a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes para rechazar la petición."

"En razón de las consideraciones precedentes, las discrepancias valorativas expuestas por el impugnante, amén de demostrar la existencia de una fundamentación que no se comparte, no configura un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad (Fallos: 306:362 y 314:451, entre muchos otros), en los graves defectos del pronunciamiento (Fallos: 314:791; 321:1328; 322:1605), o en alguna cuestión federal (Fallos: 328:1108); por lo que no corresponde la intervención de la jurisdicción de este Tribunal."

¿Cómo votaron los jueces?

El señor juez Gustavo M. Hornos votó en disidencia y consideró que "corresponde hacer lugar a la queja, conceder el recurso de casación interpuesto y continuar con el trámite legalmente previsto, sin costas (art. 465 bis CPPN)". Esa propuesta quedó en minoría y no integró la decisión de la Cámara.

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