MICELI SUSANA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a la ANSeS solicitando la inaplicabilidad de la Ley 27.609 y la actualización de haberes por la evolución del IPC. El Juzgado rechazó la demanda por entender que la impugnación plantea cuestiones de política previsional no justiciables y que no se acreditó agravio constitucional ni confiscatoriedad; impone costas y regula honorarios en $540.025.
¿Quién es el actor?
Miceli Susana Beatriz.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se reclama la protección de derechos constitucionales y convencionales (arts. 14 bis, 16 y 75 inc. 23 CN) frente a las pautas de movilidad dispuestas por la Ley 27.609; se solicita que las prestaciones se ajusten por la evolución del IPC, el pago de diferencias, intereses y condena en costas; se pretende además declarar la inconstitucionalidad de diversos topes legales.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda en todas sus pretensiones; se impusieron las costas por su orden y se regularon los honorarios de la representación letrada de la actora en $540.025 (5 UMAS). Notifíquese y archívese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A la luz de lo reseñado, y ante la carencia de indicadores adecuados que permitan llegar a la convicción de la falta de razonabilidad de los preceptos en crisis, no se configura en el caso el agravio constitucional que justificaría admitir la demanda. En este orden, resulta insuficiente para tener por demostrada la lesión constitucional invocada el argumento esbozado. Ello es así porque, en cumplimiento con la ley de emergencia dictada, el PEN ha otorgado incrementos trimestrales (Dtos. 163 y 495/2020) en las prestaciones de la clase pasiva y dispuesto, con el dictado por parte del Honorable Congreso de la Nación con el dictado de la ley 27.609, nuevas pautas de actualización y movilidad de los haberes previsionales."
"En este sentido, corresponde considerar que la sustitución del mecanismo de movilidad por otro de diferente naturaleza no irroga agravio constitucional alguno, pues no existe un derecho adquirido al mantenimiento de las leyes y reglamentaciones. (Fallos 340:357; 328:867, entre otros). En materia de beneficios previsionales, el derecho adquirido lo es a que se respete la situación del jubilado o retirado, y no a que el haber siga siendo establecido por las mismas reglas vigentes al tiempo de concederse el beneficio (Fallos: 320:2825, entre otros)."
"No constituye una cuestión constitucional concreta la bondad y procedencia del contenido de la ley y en consecuencia, por lo que corresponde rechazar la declaración de inconstitucionalidad pretendida ya que nadie tiene derecho al mantenimiento de las leyes y reglamentaciones, mientras que la derogación de una norma por otra posterior, no afecta derecho alguno emanado de la Constitución Nacional (Fallos 330:3565)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en la sentencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
Fallos que cita
- Fallos 328:1602CSJN
- Fallos 329:3089CSJN
- Fallos 329:2146CSJN
- Fallos 311:571CSJN
- Fallos 311:836CSJN
- Fallos 301:970CSJN
- Fallos 311:1191CSJN
- Nievas Alicia Estela c/ ANSeSCNAT Sala I · 07/04/2021
- Torterola Jorge Nicolas c/ ANSeSCNAT Sala II · 08/06/2021
- Fallos 340:357CSJN
- Fallos 328:867CSJN
- Fallos 320:2825CSJN
- Fallos 308:2246CSJN
- Fallos 311:2128CSJN
- Fallos 330:3565CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.