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Primera Instancia

D'ONOFRIO NICOLINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional y la actualización de componentes como PBU, PC y PAP. El Juzgado Federal hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó al ANSES recalcular y abonar el haber y retroactivos conforme las pautas del decisorio, diferiendo para ejecución el análisis de ciertas inconstitucionalidades.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 021171/2024
Reajustes Pbu Prestacion compensatoria Pap Anses Habe r previsional Inconstitucionalidad diferida Actis caporale Pellegrini Resolucion administrativa anulada

¿Quién es el actor?

D'Onofrio Nicolino (parte actora).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional; actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), Prestación Compensatoria (PC) y Prestación Adicional por Permanencia (PAP); planteos de inconstitucionalidad de diversas disposiciones de las leyes 24.463 y 24.241; movilidad del beneficio y recálculo del haber inicial y retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo parcialmente lugar a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada y se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de los 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme. Se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; se ordenó que las sumas favorables sean abonadas íntegramente sin quita, observando límites legales y precedentes de la CSJN; se impusieron costas a ANSES y se diferenció la regulación de honorarios para ejecución, conforme ley 27.423.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En cuanto al pedido de inconstitucionalidad del tope anteriormente previsto por el art. 20 de la ley 24.241, toda vez que la parte actora adquirió su beneficio con posterioridad a la vigencia de la ley 26.417 deviene improcedente el tratamiento del tope allí establecido, toda vez que el mismo resultó derogado por la ley citada."

"La fecha de adquisición del derecho del actor es posterior al 1º.3.2009 y en relación al planteo de la falta de actualización del valor de la PBU en su nueva determinación como suma fija, la cuestión será diferida y definida en la etapa de ejecución de la sentencia, siguiendo los lineamientos delineados por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re 'Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios', sentencia del 11.11.2014, al indicar que hay que considerar de manera concreta, que incidencia tiene la ausencia de incremento de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de verificarse una diferencia igual o superior al 15 %, la misma podrá ser calificada de confiscatoria."

"El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra voto en disidencia en el acuerdo final consignado.

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