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Cámara de Apelaciones

OLIVERA SUSANA INES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes varios y recalculo del haber inicial y la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, diferirió al trámite de ejecución el tratamiento del art. 26 de la Ley 24.241 y confirmó lo demás resuelto, imponiendo costas de alzada y regulando honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 010172/2025/CA001
Seguridad social Reajustes Prestacion basica universal Pbu Inconstitucionalidad art. 9 ley 24.463 Art. 26 ley 24.241 Actualizacion de remuneraciones Indices badaro/marinati Costas Honorarios

¿Quién es el actor?

OLIVERA SUSANA INES.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por reajustes varios relativos al cálculo del haber previsional inicial, actualización de remuneraciones para el cálculo del haber y redeterminación de la Prestación Básica Universal (PBU); pedidos de declaración de inconstitucionalidad de normas (art. 9 Ley 24.463; art. 26 Ley 24.241; art. 4 Ley 27.609); impugnación de impuestos y costas.

¿Qué se resolvió?

Se revocó parcialmente la sentencia apelada conforme los considerandos; se diferirió el tratamiento del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución; se confirmó lo demás resuelto en la instancia de grado; se impusieron las costas de alzada por su orden; se regularon honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de lo que se fije por su labor en primera instancia más IVA si correspondiera; y se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“El Alto Tribunal de la Nación, en la sentencia pronunciada en la causa ‘Quiroga, Carlos Alberto c/ANSeS s/Reajustes Varios’ (Fallos: 337:1277), puso particular énfasis en el carácter integral de los beneficios de la seguridad social (C.N. art. 14 bis): ‘aspecto del que es parte esencial –aclaró- la correcta fijación del monto inicial de los haberes, pues de otro modo no podría mantenerse una relación justa con la situación de los activos’ (Considerando N° 9).”

“la incidencia de la PBU sobre el haber total deberá calcularse aplicando, sobre el valor del AMPO/MOPRE histórico, el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente ‘Badaro’ del 26 de noviembre de 2007 (Índice de Salarios según el INDEC entre el 31/12/01 y el 31/12/06) y, una vez realizado ese cálculo, deberá verificarse si la falta de actualización genera en el haber final una diferencia mayor al 15% que la torne confiscatoria, aplicando la metodología establecida por la Sala III de este Fuero en la causa ‘Marinati’ antes mencionada (es decir: MC x 100 / HIRS).”

“En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 … en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado.”

¿Cómo votaron los jueces?

los Dres. Carnota (voto que encabeza), Dra. Dorado (adhesión) y Dr. Fantini (adhesión con fundamentos adicionales) conformaron la mayoría que aprobó el texto resolutorio. No se registra disidencia.

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 9 inc.3), 9 inc.2) · Solidaridad previsional
  • Ley 27.609art. 4 · Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 27.423arts. 36, 30 primer párr. · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
  • Resolución 6/09art. 9
  • Constitución Nacionalart. 14 bis · Constitucion nacional

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