JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

MARTINEZ GRACIELA LILIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La parte actora reclamó la actualización de sus haberes previsionales, incluida la Prestación Básica Universal, y la inconstitucionalidad de normas de la ley 27.609. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, por mayoría, confirmó la sentencia apelada, difirió para la ejecución el cuestionamiento sobre topes de haberes y declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 024530/2024/CA001
Movilidad previsional Prestacion basica universal Ley 27.609 Refuerzos previsionales Bonos Topes de haberes Impuesto a las ganancias Costas Honorarios Confiscatoriedad.

¿Quién es el actor?

Martínez, Graciela Liliana.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios: actualización de remuneraciones para el haber inicial, reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), inconstitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609, reconocimiento de refuerzos previsionales y bonos, aplicación de topes (art. 9 ley 24.463), retención del impuesto a las ganancias y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, resolvió diferir para la ejecución el planteo sobre topes de haberes; confirmar lo resuelto sobre costas de grado (a cargo del vencido, art. 68 CPCCN, en tanto resulten sumas a favor del actor, y en el orden causado en caso contrario, art. 36 ley 27.423); confirmar la sentencia en lo demás; imponer las costas de Alzada por su orden; y regular los honorarios de la dirección letrada del actor por la Alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia. Se reconoció la revisión del valor de la PBU según el criterio de la Sala III ("Sadofschi") y el precedente "Quiroga", con umbral de confiscatoriedad del 15%, y se declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre los haberes, con remisión a precedentes de la CSJN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Condicionar su ajuste a la modificación de las otras variables que integran el haber previsional, sin tener presente lo referente a los suplementos, generaría una distorsión y colisión con el principio de igualdad consagrado en el art. 16 de la C.N." Asimismo, se sostuvo: "no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN." En materia de movilidad, se citó la doctrina según la cual la Corte reconoció al Congreso la facultad de elegir el régimen de movilidad, "dejando a salvo el posterior control jurisdiccional destinado a asegurar la fundamental razonabilidad de esos actos."

¿Cómo votaron los jueces?

dejó a salvo su opinión en cuanto al rechazo de los agravios sobre actualización de remuneraciones del haber inicial, a la diferición del planteo sobre PBU y ley 27.609, y a la imposición de costas al demandado en ambas instancias.

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