JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ARIAS JOSE MARTIN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La parte actora reclamó el reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU) y la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas de movilidad y emergencia previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que reconoció la revisión del valor de la PBU, rechazando los planteos de inconstitucionalidad por mayoría.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 062057/2022/CA001
Prestacion basica universal Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Bonos previsionales Emergencia previsional Inconstitucionalidad Ley 27.541 Ley 27.609 Ley 27.426 Anses.

¿Quién es el actor?

JOSE MARTIN ARIAS.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU) y declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.426 (arts. 1 y 2), la ley 27.541 (art. 55), la ley 27.609, y del Decreto 274/24.

¿Qué se resolvió?

la Cámara, por mayoría, confirmó la sentencia recurrida en lo que decide y ha sido materia de agravios. Las costas de alzada se impusieron por su orden y se fijaron los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo establecido para la instancia anterior. El planteo sobre el Decreto 274/24 no fue tratado por exceder la competencia revisora de la alzada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU, pues evidencia una insuficiencia en la determinación del valor inicial de la Prestación Básica Universal como componente del haber mínimo."

"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."

"En el sentido de lo expuesto, ha de concluirse que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."

¿Cómo votaron los jueces?

dejó a salvo su opinión sobre la actualización de la PBU y sobre la ley 27.609, proponiendo diferir su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia, y propuso imponer las costas de alzada a la demandada vencida.

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