JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

BETANCOR SAGARIO ROSA MARY c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La parte actora reclamó la actualización de sus haberes previsionales por movilidad y el reajuste de la Prestación Básica Universal, y la ANSeS apeló la sentencia de grado. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 1, revocó la orden de aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia derivada de la suspensión de la movilidad, difirió para ejecución los topes y la PBU, y confirmó lo demás.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 018298/2024/CA001
Movilidad previsional Ley 27.541 Ley 27.609 Prestacion basica universal Topes de haberes Confiscatoriedad Emergencia previsional Reformatio in peius Haber inicial Anses.

¿Quién es el actor?

ROSA MARY BETANCOR SAGARIO.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional (movilidad, actualización de remuneraciones para el haber inicial, reajuste de la PBU, topes de haberes, aplicación de la ley 27.609, aportes autónomos y exención de ganancias).

¿Qué se resolvió?

la Cámara revocó lo dispuesto en grado en cuanto ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021, base de cálculo de la ley 27.609, la diferencia porcentual derivada de los aumentos suspendidos durante 2020; difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre topes de haberes; confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; impuso las costas de alzada por su orden y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo fijado para la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463, Res. SSS 06/09) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." Sobre la emergencia: "las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de la descalificación pretendida por la parte actora, visto que la emergencia fue definida por el Congreso de la Nación, con arreglo a la Constitución Nacional". Sobre el reajuste de la PBU: "corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."

¿Cómo votaron los jueces?

el Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión sobre los servicios autónomos y votó por confirmar la sentencia apelada en ese punto, por aplicación del principio de reformatio in peius.

Normas que cita

Fallos que cita

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