JurisprudenciaARG
Primera Instancia

GONZALEZ EDUARDO HORACIO C/ CAJA RET JUB Y PEN POLICIAS PROV. BS AS Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

El actor promovió demanda contencioso administrativa para que se le reconozca una bonificación por antigüedad del 3% sobre todos sus años de servicio, cuestionando la constitucionalidad de las leyes y decretos que redujeron ese porcentaje desde 1996. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de dichas normas por violación del principio de progresividad y la igualdad, y ordenó el pago de las diferencias con intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 4 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
46696
Bonificacion por antiguedad Empleo publico provincial Principio de progresividad No regresividad Intangibilidad salarial Igualdad Inconstitucionalidad Prescripcion parcial Caja de retiros Jubilaciones y pensiones de policias Ley 11.739.

¿Quién es el actor?

Eduardo Horacio Gonzalez, agente de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y/o Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento del derecho a que la bonificación por antigüedad se liquide en un 3% sobre la totalidad de los años de servicio, con declaración de inconstitucionalidad de toda norma que haya fijado un porcentaje inferior o lo haya eliminado, y pago retroactivo de las diferencias no prescriptas, con intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

hizo lugar a la demanda, reconociendo el derecho a la bonificación por antigüedad del 3% (o el porcentaje que corresponda según la prescripción parcial), declarando la inconstitucionalidad de las leyes 11.739, 11.905 y similares, y del decreto 240/96; con valores actualizados al momento de la liquidación e intereses al 6% anual y luego tasa pasiva. Impuso costas a la demandada y difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Así, la progresividad establece un estándar básico o piso de protección, a partir del cual es posible acrecentar o extender un derecho, más no desconocerlo o disminuirlo, lo que se conoce como 'principio de no regresividad'."

"Por lo tanto, si se había llegado en 1995 a que se bonifique la antigüedad en un 3%, su disminución implica un retroceso en aquello que fuera conquistado, incompatible con la cláusula constitucional citada."

"Entonces, el nivel salarial no resulta una circunstancia relevante para establecer una diferencia válida a los fines de medidas como las estudiadas aquí sino, solamente, la cualidad de magistrado (jueces y aquellos con igual designación y garantías)."

"Por lo tanto, la prescripción liberatoria total no pudo haber operado en modo alguno, siendo que en la actualidad hay 9 años de antigüedad que se siguen abonando en menos..."

Normas que cita

Fallos que cita

  • MiloneCSJN · Fallos 336:672
  • AquinoCSJN
  • MedinaCSJN
  • GuidaCSJN · Fallos 323:1566
  • MüllerCSJN · Fallos 326:1138
  • TobarCSJN · Fallos 325:2059
  • ÁlvarezSCBA
  • AERISCBA · 01/10/2003
  • UPCNSCBA · 01/10/2003
  • BrizziSCBA · 07/10/2015
  • Bernal de PalacioSCBA · 29/12/1998
  • Federación de ClínicasSCBA · 03/04/2008
  • LedesmaSCBA · 11/09/2025
  • BarriosSCBA · 18/04/2024
  • VeraSCBA · 18/04/2018

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