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Primera Instancia

PAZ ELISEO C/ CAJA DE RETIRO, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA DE LA PROV Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

El actor reclamó que su bonificación por antigüedad se liquide al 3% por todos los años de servicio, impugnando por inconstitucionales las leyes 11.739, 11.905 y decreto 240/96 que la redujeron. El Tribunal hizo lugar a la demanda por considerar que esas reducciones carecían de emergencia, temporalidad y generalidad, violando el principio de progresividad y la igualdad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
89397
Administrativo Seguridad social Bonificacion por antiguedad Principio de progresividad No regresividad Intangibilidad salarial Igualdad Inconstitucionalidad Prescripcion parcial Empleo publico

¿Quién es el actor?

PAZ ELISEO.

¿A quién se demanda?

MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y CAJA DE RETIRO, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento del derecho a que la bonificación por antigüedad se liquide al 3% sobre la totalidad de los años de servicio, con declaración de inconstitucionalidad de las normas que fijaron porcentajes inferiores o la eliminaron, con más retroactivos, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

hacer lugar a la demanda, reconociendo el derecho a la liquidación y pago de la bonificación por antigüedad al 3% (o el porcentaje que corresponda según la prescripción parcial), declarando la inconstitucionalidad de las leyes 11.739, 11.905 y sus similares, y decreto 240/96. Las sumas se calculan a valores actuales al momento de aprobarse la liquidación, con intereses del 6% anual hasta esa fecha y luego la tasa pasiva del Banco Provincia. Costas a la demandada vencida y honorarios diferidos a la etapa de liquidación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Así, cualquiera sea la denominación con la que se haga referencia a las medidas en cuestión, lo cierto es que en los hechos ellas implicaron una reducción de haberes, razón por la cual se excluyó a los jueces y cargos asimilables."

"[...] los antecedentes de la causa, normas citadas y sus fundamentos, evidencian con claridad la ausencia de, al menos, dos de esas condiciones: no hubo una situación excepcional de emergencia (no fue así declarado independientemente de los fundamentos de la ley 11.739 sobre la crisis mundial) y no fueron de carácter temporario, lo cual surge del propio texto de las normas, pues al día de hoy nueve años se siguen abonando con la disminución."

"[...] si se había llegado en 1995 a que se bonifique la antigüedad en un 3%, su disminución implica un retroceso en aquello que fuera conquistado, incompatible con la cláusula constitucional citada."

"[...] quienes no tienen la calidad de magistrados, deberían haber compartido la suerte de los demás." (sobre la inconstitucionalidad del decreto 240/96 por violación de la igualdad)

Normas que cita

Fallos que cita

  • ÁlvarezSCBA
  • EsteinbergSCBA · 14/08/2013
  • CornacchionneSCBA · 12/03/1991
  • AERISCBA · 01/10/2003
  • UPCNSCBA · 01/10/2003
  • BrizziSCBA · 07/10/2015
  • GuidaCSJN · Fallos 323:1566
  • MüllerCSJN · Fallos 326:1138
  • TobarCSJN · Fallos 325:2059
  • MiloneCSJN
  • AquinoCSJN
  • MedinaCSJN
  • CamilettiTRIBUNAL CONTENCIOSO · 13/06/2019
  • RicheroTRIBUNAL CONTENCIOSO · 07/06/2022
  • LedesmaSCBA · 11/09/2025

Más jurisprudencia sobre

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