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Primera Instancia

COCCO FRANCO MARTIN C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

El actor promovió demanda contra el Ministerio de Seguridad bonaerense reclamando el reconocimiento de una bonificación por antigüedad del 3% sobre la totalidad de los años de servicio, cuestionando la constitucionalidad de las normas que la redujeron. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de las leyes 11.739, 11.905 y sus similares, y del decreto 240/96, por configurar una reducción salarial regresiva e irrazonable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
94350
Bonificacion por antiguedad Inconstitucionalidad Reduccion salarial Principio de progresividad No regresividad Igualdad Empleo publico Prescripcion Intangibilidad salarial Ministerio de seguridad

¿Quién es el actor?

Franco Martin Cocco, personal del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del derecho a que la bonificación por antigüedad se liquide al 3% por todos los años de servicio, con declaración de inconstitucionalidad de toda norma que haya fijado un porcentaje inferior o lo haya eliminado, con más retroactivos no prescriptos, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconoció el derecho a la bonificación del 3% (o el porcentaje que corresponda) en los términos del apartado VI, declaró la inconstitucionalidad de las leyes 11.739, 11.905 y sus similares, y del decreto 240/96, e impuso costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...en los hechos ellas implicaron una reducción de haberes, razón por la cual se excluyó a los jueces y cargos asimilables." El Tribunal sostuvo que la exclusión de los magistrados de las medidas, fundada en la garantía constitucional de intangibilidad de sus remuneraciones, demuestra que las disminuciones constituyeron reducciones salariales.

"...ausencia de, al menos, dos de esas condiciones: no hubo una situación excepcional de emergencia (...) y no fueron de carácter temporario, lo cual surge del propio texto de las normas, pues al día de hoy nueve años se siguen abonando con la disminución." Se aplicaron los requisitos de la CSJN para la reducción salarial (emergencia, generalidad, temporalidad y no confiscatoriedad), y se concluyó que no se cumplían.

"...la progresividad establece un estándar básico o piso de protección, a partir del cual es posible acrecentar o extender un derecho, más no desconocerlo o disminuirlo, lo que se conoce como 'principio de no regresividad'." Se invocó el art. 39 inc. 3 de la Constitución provincial y la jurisprudencia de la CSJN sobre progresividad, concluyendo que la disminución del 3% constituye un retroceso incompatible con esa cláusula.

"...'no hay peor injusticia que tratar igual a los desiguales'." El decreto 240/96, al exceptuar a todo el personal del Poder Judicial con nivel salarial 20 y no sólo a los magistrados, fue declarado ilegítimo e inconstitucional por violar la cláusula de igualdad.

Se rechazó la prescripción liminar total y se admitió la parcial, aplicando el plazo bienal (art. 2562 inc. c CCyC y art. 62 DL 9650) según la doctrina de la SCBA en "Ledesma", y se diferió para la ejecución de sentencia el planteo sobre aportes.

Normas que cita

Fallos que cita

  • ÁlvarezSCBA · 26/05/2010
  • BarriosSCBA · 18/04/2024
  • LedesmaSCBA · 11/09/2025
  • VeraSCBA · 18/04/2018
  • NideraSCBA · 03/05/2018
  • UbertalliSCBA · 18/05/2016
  • CabreraSCBA · 15/06/2016
  • TrofeSCBA · 15/06/2016
  • CalabroSCBA · 07/09/2016
  • GuidaCSJN · Fallos 323:1566
  • MüllerCSJN · Fallos 326:1138
  • TobarCSJN · Fallos 325:2059
  • MedinaCSJN
  • Bernal de PalacioSCBA · 29/12/1998
  • Federación de ClínicasSCBA · 03/04/2008

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