JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

MENDEZ ANA MERCEDES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Una jubilada por autónomo (beneficio otorgado al amparo de la ley 24.241 y modificatorias) reclamó la reliquidación de su haber contra la ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, ordenó determinar el haber inicial autónomo con una metodología de actualización de aportes propia de los trabajadores independientes y difirió a la etapa de ejecución el planteo de inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241, imponiendo las costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 034170/2024/CA001
Seguridad social Haber inicial autonomo Prestacion basica universal Pbu Actualizacion de remuneraciones Confiscatoriedad Tasa de sustitucion Art. 9 ley 24.463 Costas Morales Volonte.

¿Quién es el actor?

Ana Mercedes Méndez (jubilada por autónomo, fecha de adquisición de beneficio 06/12/2023).

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional: cálculo del haber inicial dependiente y autónomo, actualización de remuneraciones, PBU, tasa de sustitución, art. 9 ley 24.463, impuesto a las ganancias, intereses, costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

se revocó parcialmente la sentencia apelada. Se determinó el haber inicial autónomo conforme a la metodología de la CSJN en "Volonté" y "Rodríguez" para aportes anteriores a julio de 1994 y la actualización por ISBIC/Elliff/Blanco para los posteriores, con promedio ponderado. Se difirió a ejecución el art. 26 de la ley 24.241. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 sólo si en ejecución se acredita quita mayor al 15%. Se confirmó en lo demás, incluida la desestimación de la tasa de sustitución del 70%, el agravio sobre ganancias (remisión a Fallos 342:411) y el art. 22 de la ley 24.463. Se impusieron costas a la demandada conforme Fallos 346:634 y se reguló honorario de Alzada en el 30% de la regulación de primera instancia. El descuento para obra social debe aplicarse sólo sobre el capital, no sobre intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con relación al recálculo del haber inicial respecto de los servicios autónomos, corresponde realizar una distinción entre los años que se computan anteriores a la entrada en vigencia de la Ley 24.241 y los posteriores, ello por cuanto se trata de operaciones disímiles."

"En consecuencia, la mejor manera para reflejar el mayor esfuerzo contributivo realizado por el trabajador autónomo, consiste en determinar, como primer paso, el haber mensual compatible con el art. 14 bis de la Constitución Nacional, de modo que aquel represente, confrontado con el haber mínimo de bolsillo vigente en igual período, la misma proporción que existía entre las categorías por las que hicieron los aportes computados para el otorgamiento del beneficio..."

"Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación..."

¿Cómo votaron los jueces?

el Dr. Fantini no compartió lo resuelto sobre la actualización de la PBU, cuyo tratamiento difirió a ejecución de sentencia.

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 25, 26, 9 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 9, 22 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 79 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 18.038art. 33 · Jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.423arts. 30, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 27.426Reforma previsional
  • Ley 27.541Emergencia publica
  • Ley 26.417Prestaciones previsionales
  • Resolución 3/2021art. 4.4
  • Constitución Nacionalart. 14 bis

Fallos que cita

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