CASTILLO LUCIO MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber de retiro por invalidez otorgado bajo la ley 24.241 y la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas de movilidad y de la Resolución SSS 6/09. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, admitió la prescripción bienal, declaró la inconstitucionalidad del tope previsto en el art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09 y ordenó a la ANSES recalcular el haber y abonar el retroactivo sin descuentos de ganancias.
¿Quién es el actor?
Castillo Lucio Manuel.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste del haber de retiro por invalidez (beneficio otorgado con fecha de adquisición del derecho el 02-01-2013), con cuestionamientos a los arts. 26 de la ley 24.241, 9 y 22 de la ley 24.463, 14.2 de la Resolución SSS 6/09, leyes 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609, y al decreto 1058/17.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal (i) hizo lugar a la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y parcialmente a la demanda; (ii) ordenó a la ANSES, conforme el art. 22 de la ley 24.463, abonar el haber recalculado y el retroactivo dentro de 120 días; (iii) dispuso que las sumas se abonen sin quita, con los límites de las leyes de fondo y la Resolución 955/08; (iv) difirió para la ejecución el planteo de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463; (v) impuso las costas a la demandada (art. 36 ley 27.423); y (vi) difirió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...el artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios…'. Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
Respecto del índice de actualización de remuneraciones, el Juzgado indicó que "habré de seguir las pautas establecidas en el fallo citado [Blanco Lucio Orlando c/Anses], en lo que respecta al índice a utilizar para la redeterminación del haber inicial".
Sobre el art. 26 de la ley 24.241: "declararé su inaplicabilidad en tanto y en cuanto su aplicación conduzca a una merma confiscatoria mayor al 15% (conf. CSJN, in re: 'Actis Caporale'). El menoscabo deberá acreditarse en la etapa de ejecución de sentencia".
En materia de impuesto a las ganancias, "corresponde seguir los lineamientos precedentemente indicados y disponer que la Anses... se abstenga de formular descuento alguno por Impuesto a las Ganancias", con cita de "García María Isabel c/AFIP".
Se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609 por falta de perjuicio concreto, con cita de "Fernandez Pastor" (CSJN, 04/12/2025) y de la doctrina de la "última ratio".
Sobre los bonos/refuerzos: "escapa a la revisión de los jueces el examen de la conveniencia o el acierto del criterio legislativo", por lo que no ha lugar.
Costas: "en virtud del criterio sentado por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos 'MORALES, BLANCA AZUCENA c/ ANSES'... corresponde imponer las mismas a la parte demandada".
Intereses: "se liquidarán desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina".
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 9, 22 · Solidaridad previsional
- Ley 24.241arts. 26, 97 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Decreto 526art. 2
- Resolución 6art. 14.2
- Resolución 955
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 27.426art. 2 · Reforma previsional
- Decreto 1058
- Ley 27.541Emergencia publica
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.423arts. 36, 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Decreto 163
- Constitución Nacional
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- García María Isabel c/AFIP s/Acción Meramente Declarativa de InconstitucionalidadCSJN · 26/03/2019
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