NIETO JORGE JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El jubilado Jorge José Nieto demandó a la ANSeS por el reajuste de su haber previsional, cuestionando el cálculo del haber inicial, la actualización de la PBU y de las remuneraciones y la constitucionalidad de diversas normas de la ley 24.241. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº 7 hizo lugar parcialmente a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, ordenó recalcular el haber inicial y declaró inconstitucional el tope previsto en el art. 4 de la Res. SSS 3/2021, con costas por su orden.
¿Quién es el actor?
Jorge José Nieto.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste del haber previsional; recálculo y liquidación de las diferencias del haber inicial (PBU, PC y PAP); cuestionamiento del mecanismo de determinación del haber inicial y del sistema de movilidad; intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó a la ANSeS que, en 120 días, practique la liquidación, ponga al pago el haber inicial recalculado y efectúe los requerimientos presupuestarios para cancelar las acreencias retroactivas. Declaró la inconstitucionalidad del art. 4 de la Res. SSS 3/2021 en cuanto impone un tope a las remuneraciones actualizadas, y la inconstitucionalidad de la aplicación del tope del art. 25 de la ley 24.241 cuando las cotizaciones se realizaron sobre la totalidad del haber. Costas por su orden (art. 68 inc. 2 CPCCN). Diferió la regulación de honorarios hasta que exista suma líquida aprobada (art. 23 inc. c, ley 27.423). Las diferencias devengarán intereses a la Tasa Pasiva promedio mensual del Banco Central.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la parte actora obtuvo su beneficio jubilatorio (PBU-P.C.-PAP) a la luz de lo dispuesto en el art. 17 de la ley 24.241 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones), habiendo adquirido el derecho al beneficio el 05/04/2024 —fecha de alta 01/06/2024—, acreditando prestación de servicios dependientes y servicios autónomos..."
"En primer orden, corresponde declarar abstracta la excepción de prescripción deducida por la demandada, atento la fecha de adquisición del beneficio y de interposición del reclamo administrativo."
"...el haber inicial de la prestación compensatoria y prestación adicional por permanencia (en caso de corresponder) se deberán recalcular considerando lo dispuesto en el art. 24, inc. b) y en el art. 30, inc. b) de la ley 24.241 —modificado por la ley 26.222— (ello es 1,5% por cada año de servicios con aporte o fracción mayor de 6 meses, hasta un máximo de 35 años) calculado sobre el promedio mensual de los montos actualizados de las categorías en las que revistó el afiliado de acuerdo al real aporte efectuado, más allá de las ulteriores denominaciones que pudieron tener las categorías por las que originalmente se efectuaron los aportes."
"...el modo en que dicho tope ha sido impuesto por el órgano administrado excede el marco de la norma que reglamenta, habida cuenta de que el art. 24 de la ley 24.241, no alude a tope alguno en cuanto al monto de las remuneraciones actualizadas. En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo en cuestión."
"...para el caso que se hubiesen efectuado las cotizaciones mensuales hasta la base imponible máxima (conf. art. 9 de la ley 24.241), no deberá incluirse en la determinación del haber inicial el excedente de las remuneraciones por las que no se realizaron dichos aportes."
"Costas por su orden, atento el modo en que fue resuelto (art. 68, inc. 2 del CPCCN)..."
Otros puntos: el recálculo de la PBU se difirió a la etapa de ejecución para verificar la confiscatoriedad (umbral del 15%, precedente "Quiroga"); los servicios autónomos se computan según el real aporte efectuado (precedente "Volonté" y "Makler"); los servicios reconocidos por moratoria/SICAM no se actualizan; el planteo sobre el límite de 35 años del art. 24 resultó abstracto; el planteo sobre el impuesto a las ganancias se resolvió conforme al precedente "García, María Isabel" de la CSJN; el sueldo anual complementario fue excluido por la norma y el perjuicio no fue acreditado.
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 17, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 30 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.222art. 24 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.417art. 20 · Prestaciones previsionales
- Ley 27.609art. 4 · Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 18.037arts. 55, 79, 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 18.038Jubilaciones y pensiones
- Ley 24.476art. 3 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 25.994Jubilaciones y pensiones
- Ley 25.865Iva - monotributo
- Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
- Ley 27.423arts. 23 inc. c, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Decreto 274
- Resolución 3 (SSS)art. 4
- Resolución 6 (SSS)
- Resolución 1624 (AFIP)art. Anexo 1
Fallos que cita
- Quiroga, Carlos Alberto c. ANSeS s. Reajustes VariosCSJN · 11/11/2014
- Actis CaporaleCSJN · Fallos 323:4216
- Volonté, Luis MarioCSJN · 28/03/1985 · Fallos 307:274
- Makler, Simón c. ANSeS s. Inconstitucionalidad ley 24.463CSJN · 20/05/2003
- Lohle, María Teresa Inés c. ANSeS s. Reajustes VariosCSJN · 15/10/2015
- Gualtieri, Alberto c. ANSeS s. Reajustes VariosCSJN · 11/04/2017
- Actis Caporale, Loredano Adolfo c. INPS s. Reajustes por movilidadCSJN · 19/08/1999
- Sánchez, María del Carmen c. ANSeS s. Reajustes VariosCSJN · 17/05/2005
- Tudor, Enrique José c. ANSeSCSJN · 19/08/2004
- Betancur, JoséCSJN
- Benoist, Gilberto c. ANSeSCSJN · 12/06/2018
- García, María Isabel c. AFIP s. acción meramente declarativa de inconstitucionalidadCSJN · 26/03/2019
- García Marta Susana c. ANSeS s. reajustes variosCSJN · 10/09/2020
- García Blanco Esteban c. ANSeS s. reajustes variosCSJN · 06/05/2021
- Spitale, Josefa Elida c. ANSeS s. Impugnación de Resolución AdministrativaCSJN · 14/09/2004
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