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Cámara de Apelaciones

NUÑEZ, WALTER OSCAR c/ ANSES (ADMINISTRACION NACIONLA DE LA SEGURIDAD SOCIAL) s/REAJUSTE DE HABERES

El actor reclamó el reajuste de sus haberes previsionales (PBU, PC y PAP) frente a la ANSES, con cuestionamientos a la movilidad prevista en la ley 27.609 y a distintos topes e índices. La Cámara Federal de San Martín confirmó parcialmente la sentencia de grado, con modificaciones en materia de prescripción, índice aplicable a remuneraciones anteriores a 02/2009 y diferimiento de la inconstitucionalidad del artículo 9 de la ley 24.241, y dispuso que las costas de Alzada se impongan por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE SAN MARTÍN
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FSM 056007/2022/CA001
Reajuste de haberes Movilidad previsional Ley 27.609 Ripte Isbic Prestacion basica universal Tope articulo 9 ley 24.463 Prescripcion bienal Servicios autonomos Costas previsionales.

¿Quién es el actor?

Walter Oscar Núñez.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes previsionales, con cuestionamientos a la movilidad de la ley 27.609, al tope del artículo 9 de la ley 24.463 y al cálculo del haber de trabajador autónomo.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó parcialmente la sentencia apelada, con las modificaciones introducidas en los considerandos II (rechazo de la prescripción, al no haber transcurrido el plazo bienal del art. 82 de la ley 18.037), III (aplicación del ISBIC a las remuneraciones anteriores a 02/2009 en caso de resultar confiscatoria la aplicación del RIPTE, remitiendo a la causa "Cassani") y VII (diferimiento a la liquidación del tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.241). Las costas de Alzada se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la prescripción, el voto del Dr. Lugones sostuvo que: "no ha transcurrido el plazo bienal establecido en el Art. 82 de la ley 18.037 para reclamar sus derechos, es que no corresponde hacer lugar a la defensa de prescripción opuesta, debiendo modificarse el decisorio impugnado", y agregó que "dado el carácter alimentario de los beneficios de naturaleza previsional y el espíritu tutelar de la normativa que rige en la materia... cada caso exige una consideración particular y cuidadosa con el fin de que no se vean afectados los principios de integralidad e irrenunciabilidad".

Sobre la Prestación Básica Universal, se sostuvo que "se trata de un beneficio fundamental que no guarda correlación ni proporcionalidad con los aportes ingresados ni con la remuneración o Renta Imponible del empleado", y que la decisión sobre su actualización debe postergarse para la liquidación, "donde podrá constatarse si el nivel de quita es confiscatorio", con cita de los precedentes "Quiroga", "Ciuti" y "Pichersky".

Sobre el tope del artículo 9 de la ley 24.463, se fijó que "corresponde declarar la inconstitucionalidad de la norma cuando su aplicación arroje una merma que supera" el 15% del haber, circunstancia que "recién podrá ser comprobada en la etapa de liquidación", con cita de "Actis Caporale".

Sobre los servicios autónomos, se aplicó la doctrina de "Makler" y "Failembogen": "deben tomarse en consideración la totalidad de los años y categorías efectivamente aportadas".

Sobre costas, se remitió al criterio de "Morales" (CSJN, 22/06/2023) respecto del art. 36 de la ley 27.423, y se señaló que "el éxito de la demanda sea parcial, no le quita al demandado la calidad de vencido".

Los agravios del actor sobre la ley 27.609 y la aplicación de la ley 27.551 (IPC) fueron declarados inadmisibles, por tratarse de "puntos que no fueron introducidos oportunamente y que son fruto de una reflexión tardía".

Normas que cita

  • Ley 27.609art. 4 · Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
  • Ley 24.241arts. 9, 25, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.551Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.260art. 5 · Reparacion historica para jubilados y pensionados
  • Decreto 807
  • Resolución 06/09art. 14
  • CPCCNarts. 68, 71 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSES s/ reajustes variosCSJN · 11/11/2014
  • Cassani, Carlos Ángel c/ ANSeS s/ Reajustes VariosCFSS · 26/10/2022
  • PicherskyCSJN · 23/05/2017
  • CiutiCSJN · 30/06/2015
  • VillanustreCSJN
  • ElliffCSJN
  • Actis Caporale, Loredano Luis AdolfoCSJN · 19/08/1999 · Fallos 323:4216
  • Actis Caporale, Loredano Luis AdolfoCSJN · 19/08/1999 · Fallos 327:3251
  • Makler, Simón c/ ANSeSCSJN · 20/05/2003
  • Failembogen, Indy c/ ANSeSCFSS Sala II · 11/03/2009
  • Morales, Blanca Azucena c/ ANSeSCSJN · 22/06/2023
  • Ruiz, Ana del Valle c/ ANSeSCFSS Sala II · 09/04/2010
  • Fallos 310:896CSJN
  • Fallos 311:371CSJN
  • Fallos 312:551CSJN

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