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Corte Suprema

GOMEZ CRUZ JORGE ALBERTO s/HOMICIDIO AGRAVADO -CAUSA N° 3181-

El imputado Jorge Alberto Gómez Cruz, condenado a reclusión perpetua por homicidio agravado, cuestionó la denegatoria de su excarcelación por vía de un recurso extraordinario que la Suprema Corte bonaerense rechazó por considerar que la resolución no era sentencia definitiva. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, por afectar el derecho a ser juzgado en un plazo razonable o a ser puesto en libertad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1390. XXXIX. RHE
Recurso de queja Excarcelacion Prision preventiva Sentencia definitiva Arbitrariedad Plazo razonable Libertad personal Homicidio agravado Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley Control constitucional

Actor (recurrente): Jorge Alberto Gómez Cruz, representado por la defensa oficial.

¿A quién se demanda?

Estado provincial (Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Tribunal de Casación Penal y Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Martín).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la denegatoria de la excarcelación del imputado, condenado a reclusión perpetua por homicidio agravado por el vínculo, sentencia no firme.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario, dejando sin efecto la sentencia de la Suprema Corte provincial y ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Dictamen del Procurador Fiscal (Eduardo Ezequiel Casal), al que remitió la mayoría: "Tiene establecido V.E. que la decisión que restringe la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa se equipara a una sentencia definitiva en los términos del artículo 14 de la ley 48, ya que podría ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela inmediata."

"Sin embargo, también ha resuelto que ese sólo aspecto no resulta suficiente para habilitar la instancia extraordinaria, pues para ello se requiere además que se halle involucrada una cuestión federal o el agravio se funde en la arbitrariedad."

El Procurador sostuvo que el superior tribunal "rechazó la vía recursiva intentada con base únicamente en lo dispuesto por el ordenamiento procesal provincial y en la jurisprudencia local, sin atender los argumentos sostenidos por la defensa oficial."

¿Cómo votaron los jueces?

"La resolución del superior tribunal de la Provincia de Buenos Aires por la cual desestimara el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley debe ser equiparada a sentencia definitiva por cuanto el punto constitucional por el cual se agravia el recurrente, referido al derecho a ser juzgado en un plazo razonable o a ser puesto en libertad, ya no podrá ser revisado con eficacia en oportunidad de recaer en la causa el fallo final."

"El criterio restrictivo del tribunal provincial para considerar la admisibilidad del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ha impedido al recurrente obtener un pronunciamiento acerca del agravio en cuestión, echando por tierra toda posibilidad del control constitucional por parte de esta Corte. Y tal restricción no puede ser admitida (cfr. 'Di Mascio' en Fallos: 311:2478)."

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Constitución Nacionalarts. 1, 5, 18, 31, 75 inc. 22

Fallos que cita

  • StradaCSJN · Fallos 308:490
  • Di MascioCSJN · Fallos 311:2478
  • Nardella, Mario Roque s/denuncia. Incidente de eximición de prisiónCSJN · 16/11/2004
  • Fallos 290:393CSJN
  • Fallos 307:549CSJN
  • Fallos 308:1631CSJN
  • Fallos 310:1835CSJN
  • Fallos 320:2105CSJN
  • Fallos 325:3494CSJN
  • Fallos 306:262CSJN
  • Fallos 314:451CSJN

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