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Corte Suprema

SALAZAR OSCAR SATURNINO c/ YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES SA Y OTRO Y OTRO s/PART. ACCION. OBRERO

El Estado Nacional recurrió la decisión que fijó el cómputo de intereses, sobre una condena por el Programa de Propiedad Participada, hasta el 31 de diciembre de 2001. La Procuración General opinó que corresponde hacer lugar a la queja y revocar lo resuelto, por entender que el art. 45 de la ley 26.078 fija como fecha de corte el 11 de enero de 2000 para las obligaciones de la ley 25.344.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1571. XLI. RHE
Consolidacion de deudas Ley 25.344 Ley 25.725 Prorroga Fecha de corte Computo de intereses Programa de propiedad participada Ypf Recurso extraordinario Ley 26.078.

¿Quién es el actor?

Oscar Saturnino Salazar y otros.

¿A quién se demanda?

Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF), con intervención del Estado Nacional como deudor.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por la cuota parte de acciones que correspondían a los actores en el Programa de Propiedad Participada (leyes 23.696 y 24.145).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala III) confirmó la liquidación que calculaba intereses hasta el 31 de diciembre de 2001, sobre la base de la prórroga del art. 58 de la ley 25.725. El Estado Nacional recurrió por recurso extraordinario denegado, dando origen a la queja. El dictamen propone hacer lugar a la queja y revocar esa decisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"[E]l art. 58 de la ley 25.725 dispuso prorrogar al 31 de diciembre de 2001 la fecha de consolidación de las obligaciones de carácter no previsional, vencidas o de causa o título posterior al 31 de marzo de 1991, a que se refiere el art. 13 de la ley 25.344. Si bien de un primer análisis de los términos empleados por el legislador surgiría, a mi modo de ver, que se trató de una extensión temporal o continuación del régimen ya establecido mediante esta última norma mencionada, lo cierto es que la sanción de la ley 26.078 de Presupuesto para el ejercicio 2006 (v. B.O. del 12 de enero ppdo.), vino a disipar las dudas en torno a este punto y ha hecho perder virtualidad a las cuestiones que se debaten en el sublite respecto de la fecha hasta la cual deben calcularse los intereses."

"En efecto, su art. 45 in fine establece, en lo que aquí interesa, que la prórroga dispuesta en el art. 58 de la ley 25.725 resulta aplicable exclusivamente a las obligaciones vencidas o de causa o título posterior al 31 de diciembre de 1999 y anterior al 11 de enero de 2002 y que 'En todos los casos los intereses a liquidarse judicialmente se calcularán únicamente hasta la fecha de corte, establecida en el 11 de abril de 1991 para las obligaciones comprendidas en la Ley N° 23.982, en el 11 de enero de 2000, para las obligaciones comprendidas en la Ley N° 25.344, y en el 11 de enero de 2002 o el 11 de septiembre de 2002, para las obligaciones comprendidas en la prórroga dispuesta por la Ley N° 25.565 y la Ley N° 25.725'."

"Tales condiciones, el citado art. 45 resuelve el tema que se discute en el sublite, pues al quedar comprendido el crédito en la ley 25.344, corresponde tener en cuenta para el cálculo de los intereses la fecha de corte del art. 13 de la 25.344 y, por lo tanto, el 31 de diciembre de 1999 debe tomarse como punto de referencia de conformidad con el art. 13, anexo IV, del decreto 1116/00."

"A mayor abundamiento, cabe señalar que la solución que se propugna no importa menoscabo para los derechos del acreedor con relación al período que transcurre desde el 31 de diciembre de 1999 hasta la fecha de emisión de los bonos..."

Se remarca además que el dictamen se diferencia de otro anterior (causa Etryszyn) por ser posterior a la sanción de la ley 26.078.

Normas que cita

  • Ley 25.344arts. 12 inc. a), 13 · Emergencia economica-financiera
  • Ley 25.725art. 58 · Ley de presupuesto
  • Ley 26.078art. 45 in fine · Presupuesto general de la administracion nacional 2006
  • Ley 23.982Deuda publica
  • Ley 25.565Presupuesto
  • Ley 25.827Presupuesto general de la administracion nacional
  • Ley 23.696Reforma del estado
  • Ley 24.145Y.p.f. s.a.
  • Decreto 1116/00arts. anexo IV, 12 inc. a), 13
  • Decreto 1873/02
  • Resolución 459/03
  • Resolución 638/02art. 51
  • Resolución 378/04art. 51
  • Constitución Nacionalart. 14 incs. 2° y 3°

Fallos que cita

  • Basso de Mele, Rosana Mirta c/ AFIP – DGA s/ sumarísimoCSJN · 02/12/2004
  • Etryszyn, Ana María c/ Aguerre, Juan Carlos y otrosPGN (dictamen) · 02/09/2005
  • Galli, Hugo Gabriel y otro c/ PEN s/ amparoCSJN · 05/04/2005
  • Edesur S.A. c/ Dirección Nacional de Bienes del Estado s/ escrituraciónPGN (dictamen) · 20/03/2006
  • Fallos 304:1716CSJN
  • Fallos 320:1653CSJN
  • Fallos 323:3909CSJN
  • Fallos 326:2880CSJN

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