GARRE ALFREDO ANTONIO c/ ESTADO NACIONAL (DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA) Y OTROS s/MEDIDA DE NO INNOVAR
La Corte Suprema admitió la queja y el recurso extraordinario interpuestos por la Dirección General Impositiva contra una medida cautelar que suspendía la aplicación de la resolución general 3624 sobre anticipos del impuesto al valor agregado. El Tribunal revocó la resolución apelada por considerar que la medida innovativa no cumplía el requisito del peligro en la demora, dado que el eventual perjuicio era de carácter patrimonial y reparable.
¿Quién es el actor?
Alfredo Antonio Garre.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Dirección General Impositiva) y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
suspensión de la aplicación de la resolución general (D.G.I.) 3624 y sus modificatorias, y abstención de retenciones en concepto de anticipos del impuesto al valor agregado sobre el servicio de faena prestado por el actor.
¿Qué se resolvió?
se hace lugar a la queja, se declara admisible el recurso extraordinario y se revoca la resolución apelada, con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...lo decidido en la causa no reviste, en principio, el carácter de sentencia definitiva... en el sub lite se configura un supuesto de excepción... puesto que lo resuelto excede el interés individual de las partes y atañe también a la comunidad en razón de su aptitud para perturbar la oportuna percepción de la renta pública." (considerando 2°)
"...la sentencia apelada satisface sólo de modo aparente la exigencia de constituir una derivación razonada del derecho vigente..." (considerando 3°)
"...la innovativa es una decisión excepcional porque altera el estado de hecho o de derecho existente al tiempo de su dictado..." (considerando 4°)
"...si el demandante encauza su pretensión por la vía de la acción de mera certeza, no puede desconocer que ella está destinada, por su índole, a agotarse en la declaración del derecho..." (considerando 6°, voto de la mayoría)
"...las consecuencias que podrían derivar para la actora son de estricto carácter patrimonial y ésta podría obtener la pertinente reparación... en el caso de que resultase de la decisión final de la causa que la actividad estatal le hubiera ocasionado un daño injustificado." (considerando 6°)
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Resolución 3624
Fallos que cita
- Electrometalúrgica Andina S.A.I.C. c/ Estado Nacional (D.G.I.)CSJN · 10/08/1995
- Super Todo S.A. c/ Se.Na.S.A. s/ amparoCSJN · 06/05/1997
- Bolivar Industrias S.A. s/ acción de amparo - medida de no innovarCSJN · 11/07/1996
- Frigorífico Litoral Argentino S.A. c/ D.G.I. s/ declaración de certezaCSJN · 16/07/1996
- Fallos 300:1036CSJN
- Fallos 308:2006CSJN
- Fallos 312:553CSJN
- Fallos 312:1010CSJN
- Fallos 313:1420CSJN
- Fallos 314:1459CSJN
- Fallos 316:1833CSJN
- Fallos 307:1804CSJN
- Fallos 310:1928CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.