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Corte Suprema

DELL'OGLIO JUAN CARLOS Y OTROS -INCIDENTE- c/ BHN s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La parte actora promovió incidente en un proceso de conocimiento contra el Banco de la Nación Argentina, reclamando que se adicione al importe de los honorarios regulados el impuesto al valor agregado. La Corte confirmó el rechazo de esa pretensión, por considerar que la doctrina de Compañía General de Combustibles no se extiende a los responsables no inscriptos en el IVA, que han optado voluntariamente por ese régimen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 190. XXXIII. REX
Impuesto al valor agregado Honorarios profesionales Responsable no inscripto Responsable inscripto Adicion de iva a honorarios Recurso extraordinario Igualdad ante la ley Sometimiento voluntario a un regimen juridico Compania general de combustibles Ley 23.349

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Dell'Oglio y otros (incidente), con intervención de la doctora Ana María Zeljkovich, acreedora de honorarios regulados en autos, quien interpuso el recurso extraordinario.

¿A quién se demanda?

Banco de la Nación Argentina (BHN).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

que se adicione a los honorarios regulados a los letrados de la parte actora el importe correspondiente al impuesto al valor agregado.

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario deducido por la doctora Zeljkovich, y se confirmó la decisión apelada en cuanto fue motivo de los agravios examinados, con costas. Se declaró mal concedido el recurso de adhesión interpuesto por el doctor Ernesto Bond.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la ley 23.349 ha distinguido la situación de los responsables inscriptos de la de los no inscriptos. Estos últimos -por la menor relevancia económica de su actividad- están sujetos a un régimen que difiere del establecido con carácter general por la ley. Respecto de ellos no es aplicable el método de liquidación del impuesto mediante la confrontación entre el crédito y el débito fiscal (...), sino que su carga tributaria resulta del incremento de la alícuota del impuesto que recae sobre sus insumos (art. 30 de la ley...)."

"Que las notorias diferencias en el modo de aplicación del impuesto respecto de una y otra clase de sujetos hacen improcedente extender a los llamados responsables no inscriptos la doctrina establecida por el Tribunal en el caso 'Compañía General de Combustibles', pues la adición que pretende la letrada apelante no se concilia con el régimen jurídico del impuesto referente a los responsables no inscriptos."

"Que, por otra parte, cabe poner de relieve que la ley del impuesto al valor agregado permite optar por inscribirse a quienes no tengan la obligación legal de hacerlo (art. 29...). De manera que el responsable no inscripto reviste ese carácter porque ha preferido actuar como tal... Al ser ello así, no resultan atendibles los agravios de la apelante en cuanto invoca una supuesta transgresión al principio de igualdad, ya que la Corte reiteradamente ha establecido que el sometimiento voluntario a un régimen jurídico, sin reservas expresas, obsta a su ulterior impugnación con base constitucional."

"Que otro de los profesionales acreedor de honorarios regulados en el pleito... planteó por su parte un recurso extraordinario, en el que se limita a adherirse al interpuesto por la doctora Ana María Zeljkovich... Toda vez que la jurisprudencia del Tribunal ha señalado la improcedencia de la adhesión al recurso extraordinario..., cabe concluir en que esa apelación fue mal concedida por el a quo."

Normas que cita

  • Ley 23.349arts. 10, 11, 12, 29, 30
  • Resolución 3316art. 3
  • Resolución 4214/96art. 1
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Compañía General de CombustiblesCSJN · Fallos 316:1533
  • Fallos 315:1687CSJN
  • Fallos 316:1713CSJN
  • Fallos 310:1623CSJN
  • Fallos 311:1880CSJN
  • Fallos 313:63CSJN
  • Fallos 317:524CSJN
  • Fallos 209:28CSJN
  • Fallos 257:48CSJN

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